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CerrarLos Servicios Sociales de Atención Primaria constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales. Son servicios de titularidad y gestión pública que se desarrollan en el ámbito del municipio.
La organización y gestión de los Servicios Sociales en Castilla – La Mancha se realiza por parte de la Administración Autonómica y las Corporaciones Locales.
Se accede a estos servicios a través del Trabajador/a Social, figura profesional que está implantada en el 100% de los municipios de la región y que se constituye en el profesional de referencia cuando la persona accede al Sistema Público de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
a) Información y asesoramiento sobre las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, así como orientación sobre otros Sistemas de Protección Social hacia los que sea preciso encaminar a la persona, unidad familiar o entidad.
b) Detección de situaciones de necesidad personales, familiares y sociales que dificulten la autonomía personal y la integración social.
c) Valoración y diagnóstico de la situación social de la persona, familia o unidad de convivencia y del entorno comunitario.
d) Prescripción de la intervención más adecuada, que deberá haber sido consensuada con la persona, su familia o unidad de convivencia, para dar respuesta a la situación de necesidad.
e) Elaboración, seguimiento y evaluación del Plan de Atención Social individual o familiar.
f) Intervención interdisciplinar con el objeto de mejorar la situación social de la persona o unidad familiar y dar respuesta a la situación de necesidad.
g) Derivación a la atención especializada, cuando la situación social de la persona o unidad familiar lo requiera.
h) Organización, gestión, coordinación y evaluación de las prestaciones de la atención primaria, en el marco de la normativa que lo regule.
i) Acompañamiento, mediación y seguimiento en todo el proceso de intervención a seguir tanto en el Sistema Público de Servicios Sociales, como en otros Sistemas de Protección Social, asegurando una atención continuada e integral a través del profesional de referencia.
j) Coordinación, integración y complementariedad de las intervenciones con la atención especializada.
k) Complementariedad y coordinación con los niveles de atención del Sistema Sanitario y con el conjunto de entidades que actúen en el ámbito de los Servicios Sociales y que incidan en la mejora de la situación de la persona, grupo o comunidad.
l) Promoción de los canales de comunicación entre los diferentes Sistemas de Protección Social, agentes sociales e instituciones públicas o privadas que operen en el territorio, con el objeto de complementar la intervención a realizar por el Sistema Público de Servicios Sociales; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de protocolos que se establezcan al efecto.
m) Fomento de la participación social en el ámbito comunitario.
n) Estudio y observación de la evolución y desarrollo de la realidad social, detectando áreas susceptibles de intervención, con el objeto de diseñar proyectos para la implantación de nuevas prestaciones u optimización de las ya existentes.
o) Registro de datos para proveer al Sistema Público de Servicios Sociales de información objetiva que sirva para la planificación e intervención social.
p) Cuantas les sean atribuidas o encomendadas por la normativa vigente.
CÓMO ESTÁN ORGANIZADOS
El Sistema Público de Servicios Sociales en nuestra Región, está definido territorialmente por el Mapa de Servicios Sociales.
Éste se estructura en Áreas y Zonas de Servicios Sociales y otros ámbitos territoriales para el desarrollo de determinadas prestaciones de atención especializada.
El Área de Servicios Sociales es la estructura territorial y organizativa para la coordinación de la Atención Primaria, así como para la planificación, desarrollo y evaluación de prestaciones tanto de atención primaria como especializada, constituida por una zona o un conjunto de zonas.
La Zona de Servicios Sociales es la división territorial básica para la ordenación de los Servicios Sociales de Atención Primaria, y está constituida por un municipio o una agrupación de municipios.
Estas Zonas están adscritas a dos programas diferenciados, dependiendo del tamaño poblacional del municipio:
• Zonas de Plan Concertado, las constituyen municipios con una población superior a 3.500 habitantes y está conformada por un solo municipio, salvo algunas excepciones.
Los Ayuntamientos que conforman estas zonas suscriben con la Consejería de Bienestar Social un convenio en el marco del Plan Concertado.
El Plan Concertado es un plan estatal que se puso en marcha en el año 1988 por el entonces Ministerio de Asuntos Sociales con el fin de crear una Red de Servicios Sociales de Atención Primaria, gestionada por las corporaciones locales, con el objeto de proporcionar a la ciudadanía servicios sociales adecuados que permitan la cobertura de sus necesidades básicas.
• Zonas del Programa Regional de Acción Social (PRAS), las constituyen municipios con una población inferior a 3.500 habitantes y está conformada por una agrupación de municipios.
El Programa Regional de Acción Social es un programa de la Comunidad Autónoma que se articuló en el año 1985, con el objeto de estructurar una Red de Servicios Sociales de Atención Primaria en el medio rural.
El Programa consiste en la dotación de un Trabajador/a Social, personal contratado por la Consejería, por zona de servicios sociales que atiende al conjunto de municipios que conforman la misma.
Posteriormente en el año 1999 con el objeto de dotar de otras profesionales que reforzarán la intervención de los Trabajadores/as Sociales en las Zonas PRAS se comenzaron a formalizar los Convenios Supramunicipales que agrupan a las zonas PRAS de un área de servicios sociales, que suscribe un ayuntamiento de los que conforman estas zonas. Al amparo de este convenio se contratan a Educadores/as Sociales y otros Trabajadores/as Sociales de apoyo que atienden al conjunto de zonas que engloban el área.
La prestación de los Servicios Sociales de Atención Primaria por las Corporaciones Locales se articula a través de convenios de colaboración en el marco del Decreto 87/2016, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.
QUÉ PROFESIONALES CONFORMAN LOS EQUIPOS DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
Los Equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria están formados principalmente por Trabajadores/as Sociales, Educadores/as Sociales y personal administrativo.
CUÁLES SON LOS EQUIPAMIENTOS DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
• Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria es un equipamiento de titularidad y gestión pública, que constituye la estructura física, administrativa y técnica de las zonas de servicios sociales donde se facilita el acceso al Sistema Público de Servicios Sociales y se desarrollan las prestaciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
• Centro Coordinador de Servicios Sociales es un equipamiento de titularidad y gestión pública, que aporta la estructura física, administrativa y técnica del área de servicios sociales donde se desarrollan prestaciones de la Atención Primaria y, en su caso, de la Atención Especializada.
CÓMO DIRIGIRSE A ELLOS
Los Ayuntamientos y Centros Coordinadores de Servicios Sociales, disponen de la información sobre días y horarios de Atención del Trabajador/a Social de Atención Primaria que tiene establecido en cada uno de los municipios de la región.
¿Qué es?
El Servicio de Promoción de la Autonomía Personal SEPAP-MejoraT es un servicio público y gratuito de atención a personas mayores de edad en situación de dependencia Grado I y Grado II. Consiste en terapias de rehabilitación con la finalidad de realizar con mayor autonomía las actividades de la vida diaria.
¿Cuáles son sus objetivos?
· Prevenir o retrasar el agravamiento del grado de dependencia, mediante el desarrollo de actuaciones de carácter preventivo y de rehabilitación.
· Reducir el impacto que la dependencia provoca sobre quienes la padecen y quienes ejercen su cuidado.
¿En qué consiste?
El servicio SEPAP-MejoraT incluye:
· Servicio de Fisioterapia.
· Servicio de Terapia Ocupacional.
· Servicio de Estimulación Cognitiva.
· Servicio de Logopedia.
· Servicio de Psicomotricidad.
· Servicio de Atención Psicológica.
· Servicio de Promoción de Estilos de Vida Saludables.
Acceso al servicio:
Son los Servicios Sociales de Atención Primaria quienes pueden prescribir este servicio a las personas con Grado I y II. Si lo consideran idóneo para Vd., le derivarán al centro mas cercano a su domicilio.
Programa destinado a niños, niñas y adolescentes que puedan sufrir acoso o ciberacoso. Su objetivo principal es plantear un canal de recepción y atención de los casos, favoreciendo:
1) La detección precoz, para que la persona que sufre el acoso o su entorno cercano (amigos y amigas o familiares), puedan dar la voz de alarma ante los primeros signos, evitando que las consecuencias que una situación de acoso mantenida en el tiempo puede ocasionar.
2) La intervención inmediata profesionalizada.
3) La sensibilización hacia la problemática.
El programa ofrece:
- Atención telefónica 24 horas. Inmediata y gratuita, a través del 116111. Atendido por profesionales especializados en la materia que prestan escucha, atención y derivación si es preciso. Atención complementaria por e mail.
- Chat de atención a niños, niñas y adolescentes. Accesible a través de la página de la Fundación ANAR (www.anar.org), encargada de su gestión. Disponible durante todos los días del año, las 24 horas al día.
https://chat.anar.org
- Derivación para la atención personal y profesional que se requiera en un máximo de 48h. Atención a los niños, niñas y adolescentes víctimas y abordaje con las personas menores de edad que lo cometen. Orientación y apoyo a familiares en ambos casos.
- Coordinación con el entorno y con profesionales implicados/as (colegio, instituto, centro de salud…)
- Tratamiento y acciones de sensibilización hacia el fenómeno en centros educativos, centros juveniles y redes sociales.
Equipos de atención: 6 equipos (uno por provincia más Talavera de la Reina). Formados por las figuras profesionales de la psicología, educación social y trabajo social.
Para más información:
Teléfono 012
925274552
ALBACETE
Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social
Servicio de Infancia y Familia
C/ Ávila, 10. 02071 - Albacete
Tfno.: 967 55 84 04 / 967 55 84 00 / 967 55 80 00
CIUDAD REAL
Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social
Servicio de Infancia y Familia
C/ Paloma, 21. 13003 - Ciudad Real
Tfno.: 926 27 69 27 / 926 27 69 00
CUENCA
Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social
Servicio de Infancia y Familia
C/ Lorenzo Hervás y Panduro, 1. 16071 - Cuenca
Tfno.: 969 17 70 33 / 969 17 68 00
GUADALAJARA
Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social
Servicio de Infancia y Familia
C/ Julián Besteiro, 2. 19071 - Guadalajara
Tfno.: 949 88 58 19 / 949 88 58 00
TOLEDO
Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social
Servicio de Infancia y Familia
C/ Río Guadalmena, 2. 45071 - Toledo
Tfno.: 925 38 91 29 / 925 26 90 69
La Estrategia para Personas sin Hogar en Castilla-La Mancha (2025-2030), se impulsa con el objetivo de contribuir desde las Administraciones Públicas, en colaboración con las entidades del Tercer Sector de Acción Social y con el conjunto de la sociedad, a erradicar el sinhogarismo en el territorio de la comunidad autónoma. El enfoque de la Estrategia se centra en favorecer la plena inclusión social y el desarrollo del proyecto de vida de las personas en situación de sinhogarismo proporcionando, para ello, los apoyos y medios necesarios para que superen su situación de exclusión, recuperen un proyecto de vida autónoma normalizado y participen en la sociedad con una verdadera igualdad de oportunidades.
Se trata de una acción del Gobierno de la Junta de Castilla-La Mancha y, como tal, implica a todas las áreas con competencias en la materia bajo el impulso y liderazgo de la Dirección General de Acción Social.
La atención a las personas sin hogar se viene ejecutando por la administración regional desde hace más de 20 años, a través de dispositivos de atención con carácter de urgencia y de ámbito residencial, por lo tanto, no se trata de una nueva realidad social en cuanto que se viene abordando, pero requiere de nuevos modelos y enfoques que permitan un abordaje mucho más eficaz y eficiente que suponga reducir y eliminar el sinhogarismo en Castilla-La Mancha.
La estrategia pretende dar respuesta a las necesidades que presentan las personas sin hogar, para acabar con este fenómeno que representa el máximo exponente de la exclusión social, apostando por el desarrollo de un sistema integrado de atención a las personas en situación de sinhogarismo, dotado con medios suficientes y diversificados.
PRINCIPIOS DE LA ESTRATEGIA:
- Enfoque de derechos: se trabaja para garantizar los derechos sociales de las mujeres y hombres y facilitar su inclusión social.
- Centrado en la persona: los hombres y mujeres en situación sin hogar están en el centro de las medidas que se proponen, que serán individualizadas y atenderán a sus necesidades y circunstancias concretas.
- Basado en la vivienda: el sistema incorporará soluciones basadas en la vivienda, como herramienta de demostrada eficacia para favorecer la inclusión social de las personas acompañado del apoyo social.
- Perspectiva de género, el diseño y gestión de los dispositivos de atención incorporarán el enfoque de genero para asegurar la equidad en el acceso y en la atención a las mujeres que se encuentre en situación de sin hogar.
- Participación efectiva de las personas en situación de sinhogarismo: las personas en situación de sinhogarismo no son meras receptoras pasivas de la atención prestada por los servicios sociales, sino que serán partícipes del sistema y las soluciones que se les ofrezcan no solo deberán respetar siempre su libertad de elección y autonomía personal, sino que deberán ser buscadas entre las personas sin hogar y los agentes implicados en el proceso.
- Coordinación y trabajo en red: la coordinación entre el conjunto de agentes del sistema (gobierno autonómico, entidades locales, Tercer Sector) es fundamental para impulsar la eficacia y la eficiencia del sistema.
OBJETIVOS DE LA ESTRATEGIA:
- Erradicar el sinhogarismo
- Proporcionar una atención integral a las personas en situación de sinhogarismo
- Diseñar un sistema de detección temprana de situaciones de riesgo de exclusión
- Consolidar la red de recursos para la atención a las personas en situación de sinhogarismo
- Sensibilización social acerca del sinhogarismo
- Crear un mecanismo estable de comunicación y coordinación entre AA.PP. y entidades del Tercer Sector que trabajan con personas en situación de sinhogarismo
- Investigar la realidad social del sinhogarismo en Castilla-La Mancha.
ESTRUCTURA DE LA ESTRATEGIA:
La estrategia define un objetivo general con una meta cuantificada y un conjunto de objetivos específicos estructurados en ejes. A los objetivos específicos se asocian un conjunto de resultados esperados que se han tratado de cuantificar considerando que actualmente se carece de datos fiables y completos, que lograremos ir construyendo a lo largo del desarrollo de esta estrategia y nos permitirá concretar y redefinir los logros que se esperan conseguir.
Como objetivo general se plantea el siguiente:
Erradicar el sinhogarismo involuntario en Castilla-La Mancha.
Como resultado esperado se plantea el siguiente:
Reducción en un 50% del número de personas en situación de sinhogarismo en Castilla-La Mancha, de las personas que viven a la intemperie y personas que pernoctan en alojamiento de emergencia, teniendo en cuenta la perspectiva de género.
La Estrategia se compone de cuatro ejes:
- Eje 1: Prevención
- Eje 2: Acceso garantía y cumplimiento de derechos
- Eje 3: Empoderamiento, autonomía, integración comunitaria y sociedad inclusiva
- Eje 4: Sistema de atención integral, coordinado y con buen gobierno, basado en la evidencia
Así mismo, la estrategia dispone de diferentes mecanismos de Gobernanza, seguimiento y evaluación de la misma.
Son objeto de estas subvenciones los gastos de personal y mantenimiento de programas de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia que contengan actividades de habilitación, terapia ocupacional, estimulación y activación cognitiva; así como de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional.
Estas subvenciones están destinadas a entidades privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con la estructura, capacidad y solvencias técnica y económica suficientes para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.
Para más información y acceder a la solicitud consulte el enlace que figura más abajo.
La habilitación excepcional es un procedimiento especial para apoyar la cualificación de las personas que tengan experiencia como gerocultoras, cuidadoras o como auxiliares de ayuda a domicilio.
Está dirigido a aquellas personas que, a 31 de diciembre de 2015, tuvieran 55 años o más y hubieran trabajado en alguna de las categorías profesionales (gerocultor/a, cuidador/a, auxiliar de ayuda a domicilio) un mínimo de 3 años en los últimos 10 años, con al menos 2.000 horas de trabajo efectivo.
Si se cumplen los requisitos, se expide un certificado equivalente a la cualificación en la correspondiente categoría. Dicho certificado es válido exclusivamente en Castilla-La Mancha.
El plazo de solicitud está abierto entre el 1 de Enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017.
Puede acceder a más información y al procedimiento en el enlace que figura más abajo.
Es un servicio de promoción de la autonomía personal, público y gratuito en régimen de préstamo.
Destinatarios
Personas en situación de dependencia que tengan Grado I, II o III reconocido.
Objetivo
El objetivo principal consiste en promover la cobertura de las actividades básicas de la vida diaria de la persona en situación de dependencia y facilitar la atención a la persona que ejerce su cuidado principal.
Tipos de Productos de Apoyo
- Somier articulado con y sin carro elevador
- Sobrecolchón antiescaras
- Grúa de traslado y grúa de bipedestación
- Silla de ruedas eléctrica
- Silla de ruedas manual interior
- Soluciones salvaescaleras
- Plataforma de traslado
Prestaciones asociadas al servicio público de Productos de Apoyo
- Valoración en domicilio de la adecuación del producto prescrito.
- Instalación y enseñanza de uso en el domicilio
- Seguimiento de uso del producto (dudas, consultas, visita de mantenimiento, etc.)
- Reparación y sustitución en caso de avería.
- Retirada domiciliaria tras la baja del servicio.
Prestaciones económicas vinculadas al servicio de Productos de Apoyo
En el caso de no existir disponibilidad del servicio público de productos de apoyo, la persona con grado de dependencia reconocido podrá solicitar una prestación económica vinculada al servicio que apoye en el pago del alquiler de los productos de apoyo descritos anteriormente.
Más información
Para consultas y dudas, puede dirigirse a productosapoyo@jccm.es
¿CUÁL ES SU FINALIDAD?
El objeto de los programas que se subvencionan con esta convocatoria es ofrecer un dispositivo más a los usuarios de Grado I de Dependencia, con el desarrollo del Servicio de Promoción de Autonomía Personal (SEPAP), dentro del artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, donde se define el catálogo de servicios y prestaciones, como así se determinó en los acuerdos adoptados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (RD 1051/2013 y RD 291/2015).
¿A QUIÉN SE DIRIGEN LAS SUBVENCIONES?
La Orden de Convocatoria va dirigida a entidades privadas, de iniciativa social, que tengan entre sus fines la promoción de la autonomía personal de las personas en situación de dependencia en su ámbito de actuación. Los destinatarios potenciales de los programas del SEPAP son las personas en situación de dependencia de Castilla-La Mancha, especialmente las de Grado I.
FINANCIACIÓN
1.El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 1.481.130,00 euros.
2. El importe máximo individualizado para cada programa de los previstos en la base primera.3.a) de las bases reguladoras no excederá de 70.000 euros y para los establecidos en la base primera.3.b) no excederá de 85.000 euros por programa.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
2. Las solicitudes se presentarán mediante el envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es
Legislación:
Resolución de 10/06/2016, de la Dirección General de Atención a la Dependencia, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha.
http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/06/15/pdf/2016_6405.pdf&tipo=rutaDocm
Esta orden tiene por objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación y exclusión social de discriminación o exclusión social:
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de la modalidad b), 1º y 2º, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
En el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha, se podrá cofinanciar hasta en un 80%, los Proyectos enmarcados en la Prioridad de Inversión 9.1, Inclusión Activa y la Prioridad de Inversión 9.2, Integración Socioeconómica de Comunidades Marginadas. En nuestro caso los proyectos de las modalidades a) 1º y 2º, b) 1º y 2º y c) 1º y 2º.
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de un itinerario de inclusión social de la persona, unidad familiar o unidad de convivencia, y/o desde una perspectiva grupal y comunitaria con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención de los profesionales.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas.
b) Organizaciones privadas de iniciativa social
c) Universidades
d) Instituciones científicas.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Podrán presentarse las solicitudes mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
LEGISLACIÓN:
Resolución de 03/03/2017, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales. Extracto
http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2017/03/10/pdf/2017_2554.pdf&tipo=rutaDocm
Orden de 12/2017, de 2 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales.
http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2017/02/07/pdf/2017_1194.pdf&tipo=rutaDocm
Resolución de 09/06/2017, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se modifica la Resolución de 03/03/2017, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales. http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2017/06/13/pdf/2017_6995.pdf&tipo=rutaDocm
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de un itinerario de inclusión de la persona, unidad familiar o unidad de convivencia, que facilite el ejercicio de sus derechos en el acceso a otros sistemas como empleo, sanidad, educación y vivienda, que se concretará en sus correspondientes acuerdos.
La coordinación de las distintas Administraciones, así como de la iniciativa social, en el territorio donde se desarrolle el proyecto, se asumirá por parte del Ayuntamiento o por la Entidad local correspondiente según el ámbito territorial al que se circunscribe el desarrollo de sus competencias.
No obstante lo anterior, ante problemas de exclusión social concretos detectados en el territorio de la Comunidad Autónoma, será la Consejería la que promoverá, con carácter subsidiario y de cara a la solución de los mismos, la aprobación de proyectos de intervención concretos.
Las citadas entidades podrán acogerse a los criterios orientadores que, tanto respecto a colaboración como a itinerarios de inclusión, obren en las diferentes direcciones provinciales, así como en los servicios centrales de la Consejería.
La Consejería podrá promover el desarrollo de programas o proyectos conforme con lo dispuesto en el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
a) Municipios. b) Mancomunidades de municipios. c) Agrupaciones de Municipios. d) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas. e) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social. f) Asociaciones Promotoras de Empresas de Inserción.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN
El plazo para la presentación de las solicitudes, será de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. LEGISLACIÓN Orden de 13/04/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la participación en Proyectos de Integración Social del Sistema Público de Servicios Sociales. http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/04/14/pdf/2016_3960.pdf&tipo=rutaDocm Resolución de 20/04/2016, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, por la que se convocan para el año 2016 las subvenciones para la participación en Proyectos de Integración Social del Sistema Público de Servicios Sociales. http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/04/25/pdf/2016_4294.pdf&tipo=rutaDocm
Funciona las 24 horas del día todos los días del año y presta atención a cualquier problema que el niño, niña o adolescente esté sufriendo: desde dificultades de relación con los compañeros o los padres o problemas escolares hasta situaciones de maltrato, violencia de género, acoso, o simplemente cuando lo que busquen sea una orientación o información sobre algo que les preocupe.
Las líneas de atención a la infancia y a la adolescencia nacen con el objeto de ofrecer un lugar de escucha y orientación para dar una respuesta rápida y eficaz a los problemas y necesidades del niño, niña y adolescente, garantizando en todo momento la privacidad y confidencialidad, así como un trato individualizado y profesional adaptado al problema que se plantee.
Al objeto de crear un número telefónico corto, fácil de memorizar para los niños, niñas y adolescentes, que sea común para todos los países europeos, el 15 de febrero de 2007 se reserva el número 111, por parte de la Comisión de la Unión Europea, para las líneas de ayuda a la infancia y se dicta la directiva que obliga a todos los Gobiernos de la Unión Europea a que ese número (116111) sea adjudicado a nivel nacional a cada país.
Siguiendo las directrices europeas, en el año 2010 se pone en funcionamiento en España el número 116111, único y gratuito para toda Europa, momento en el que Castilla-La Mancha se adhiere a ese número europeo para prestar el servicio que antes se ofrecía a través de un número 900.
La Consejería de Bienestar Social tiene interés en potenciar y garantizar la prestación de este servicio telefónico de información y de asesoramiento psicológico, social y jurídico a los niños y niñas y adolescentes. De igual forma, se podrán atender las llamadas de las familias relativas a problemas relacionados con la educación de sus hijos e hijas.
El Reglamento (Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero) que desarrolla la L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, atribuye nuevas competencias a las Comunidades Autónomas y/o a las Entidades Locales. Entre ellas, se encuentra la emisión de determinados informes de integración, necesarios para la tramitación de algunas autorizaciones administrativa de residencia y/o trabajo.
Informes de Esfuerzo de Integración.
La Dirección General de Acción Social y Cooperación, adscrita a la Consejería de Bienestar Social, es el órgano competente para la elaboración y emisión de los informes de esfuerzo de integración, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de diciembre, realizándose toda la tramitación a través del Servicio Cooperación, Migraciones y Voluntariado de los Servicios Centrales de la Consejería de Bienestar Social.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, el informe sobre esfuerzo de integración no tendrá, en ningún caso, naturaleza de requisito exigible para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal o de residencia temporal y trabajo.
En este sentido, no será preceptiva su presentación para la admisión a trámite del procedimiento de renovación de la autorización, sin perjuicio de su recepción como documentación que acompaña a la solicitud en los casos en que sea presentado junto a ésta o de su posible aportación por la persona extranjera una vez iniciado el procedimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El informe de esfuerzo de integración se solicitará para los procedimientos de renovación de las siguientes autorizaciones administrativas reguladas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de diciembre, y desarrolladas en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril:
a) Renovación de autorización de residencia temporal no lucrativa, regulada por el artículo 51.6 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
b) Renovación de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar regulada en el artículo 61.7.
c) Renovación de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena regulada en el artículo 71.6.
d) Renovación de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia regulada en el artículo 109.6.
Asimismo, el citado informe podrá ser alegado por la persona extranjera como información a valorar por la Oficina de Extranjería competente, en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para la renovación de las diversas autorizaciones detalladas en el párrafo anterior.
Las solicitudes se podrán formular directamente por la persona interesada o a través de la Red de Servicios Sociales de Atención Primaria de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Acción Social y Cooperación de la Consejería de Bienestar Social.
Programa de Intermediación Lingüística.
Las dificultades en la comunicación entre las personas extranjeras y los/as profesionales de la Red de Servicios Sociales, influye en la correcta aplicación y desarrollo de técnicas de diagnóstico e intervención social, por este motivo desde el año 2006 se cuenta con un recurso regional para la intermediación lingüística que además de facilitar la práctica profesional, sirva en caso de necesidad justificada como elemento facilitador de la comunicación ante otras situaciones de carácter médico, judicial, de emergencia, etc.
El objetivo principal de este recurso es garantizar la comunicación entre la población inmigrante, la Red Regional de Servicios Sociales y entidades sociales que se considere y trabajen específicamente con las personas inmigrantes, en los casos en que existan dificultades de acceso a los recursos, prestaciones y programas sociales.
Se trata de un servicio de interpretación vía móvil, en el que mediante un biauricular, conectado a un móvil, dos hablantes se comunican con ayuda de un intérprete de enlace, no presencial, evitando de este modo desplazamientos innecesarios.
Las traducciones son simultáneas y existe una amplia gama de idiomas (51 idiomas), entre los que destacan los más hablados por la población inmigrante de Castilla-La Mancha (rumano, árabe, ucraniano, búlgaro, francés, inglés, etc.)
La entidad prestadora del Servicio es la Empresa Dualia Teletraductores S.L. y cuenta con una red de traductores en toda España. (http://www.dualia.es/ )
El Servicio está a disposición de cualquier persona que lo necesite, a través de la Red de Servicios Sociales de Atención Primaria de Castilla-La Mancha.
Para más información sobre esta iniciativa puede dirigirse a:
El teléfono de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, 925 267895.
La Direcciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social: http://www.castillalamancha.es/gobierno/bienestarsocial/directorio
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