Actuaciones
Encuentra las actuaciones de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Filtrar
CerrarLos Servicios Sociales de Atención Primaria constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales, siendo la puerta de acceso al Sistema.
Ubicados en los municipios, son claves para atender las necesidades sociales de la población.
La financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria se ha venido instrumentalizando a través de convenios con las Corporaciones Locales, que era necesario renovar año tras año.
La publicación del Decreto 87/2016 por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, constituye un paso importante porque permite:
• Unificar el marco de concertación, dado que al Convenio en el marco del Plan Concertado, se incorpora la prestación de ayuda a domicilio, los Planes Locales de Integración Social y los proyectos de integración social que se venían financiado a través de una convocatoria de subvenciones
• Incrementar la aportación financiera por parte de la Consejería de Bienestar Social, así de un 40% que venía siendo la aportación para municipios mayores de 20.000 habitantes se pasa a un 55%, y en el caso de los menores de 20.000 habitantes, de un 60 a un 70%
• Generar mayor estabilidad financiera, dado que el convenio se firma por un periodo de seis años, prorrogable por otros cuatro.
• Simplificar y agilizar los procedimientos de gestión y resolución de los convenios, en el marco del Plan que al respecto se ha aprobado por el gobierno regional, dado que no será necesaria la renovación del convenio año tras año, sino que simplemente se procederá a actualizar los importes económicos del convenio que se recogen en un anexo.
• Abreviar el proceso de justificación, ya que únicamente se presentará una única justificación final, en lugar de dos como se venía realizando.
• Incorporar la innovación en el quehacer de los profesionales y en el desarrollo de las prestaciones de Atención Primaria.
• Unificar las horas de los convenios de Ayuda a Domicilio, que hasta ahora diferenciaban entre personas dependientes y no dependientes, para agilizar el acceso a la prestación en cuanto se detecte una situación de necesidad.
• Priorizar la atención de personas dependientes por la prestación de ayuda a domicilio.
• Fijar el marco normativo de referencia para operativizar, en el ámbito de las Entidades Locales, las líneas de acción recogidas en el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha, a través las siguientes prioridades de inversión, recogidas en el Objetivo Temético 9, del Eje prioritario 2C:
– Prioridad de inversión 9.1 la inclusión activa, en particular, con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad
– Prioridad de inversión 9.2, la integración socioeconómica de comunidades marginadas, tales como la población romaní.
El FSE podrá financiar hasta en un 80% los proyectos enmarcados en estas Prioridades de Inversión.
La exclusión social es un proceso complejo y dinámico en el que intervienen multiplicidad de factores que precipitan a personas, familias, grupos y comunidades a zonas de vulnerabilidad y/o exclusión social.
Los análisis sobre la exclusión social apuntan hacia la consideración de que la manera en que ésta se vive, se experimenta y se piensa hacen que sea un fenómeno o hecho social estructural y también subjetivo y heterogéneo, que puede enfrentarse desde las políticas públicas.
El estudio de los procesos de exclusión e incorporación social, presenta una gran dificultad, al tratarse de un fenómeno multifactorial, dinámico y multidimensional, siendo necesario identificar qué fenómenos se engloban bajo el concepto de exclusión y qué le diferencia de otros problemas sociales, por lo que la construcción de un sistema de medición que sirva como herramienta de trabajo para realizar diagnósticos profesionales y orientar la intervención profesional, mejorará las posibilidades de abordaje de estas situaciones.
Por ello, desde la Dirección General de Acción Social y con la cofinanciación del Fondo Social Europeo dentro del marco del Programa Operativo 2014/2020 de Castilla la Mancha, se puso en marcha en el año 2017 la herramienta de diagnóstico de la Situación de Exclusión Social, fruto del trabajo liderado por Esther Raya Díez, profesora de la Universidad de La Rioja, en colaboración con la Universidad de Castilla - La Mancha.
Los principales objetivos de la herramienta SiSo son:
a) Disponer de un instrumento de diagnóstico de las situaciones de exclusión social como garantía para generar derechos en la ciudadanía en el acceso a las prestaciones.
b) Garantizar unos criterios comunes para la intervención de las y los profesionales de Castilla-La Mancha.
c) Facilitar el seguimiento e identificación de los cambios de situación de las personas y en su caso, de las áreas de mejora.
d) Generar indicadores para el estudio de la exclusión a nivel autonómico, provincial y local, con el fin de orientar las políticas, programas y dotación de recursos.
Esta herramienta facilita a las y los profesionales de Servicios Sociales de atención primaria la elaboración de un diagnóstico social de las situaciones de exclusión social, identificando cuál es la posición de dificultad social de la que se parte, cuales son las áreas prioritarias de intervención, que situaciones mejoran y por tanto permite realizar un seguimiento y evaluación de la situación de partida. Así mismo mide la intensidad de la exclusión de menor a mayor severidad y define diferentes intensidades de exclusión social, lo que permite articular las medidas más acordes a cada intensidad.
La herramienta de la situación social comenzó a diseñarse en 2017, se empezó a utilizar en 2018 y en la actualidad está implantada en el 100% del territorio. Los puntos fuertes de la misma son:
- Diseño técnico-científico de la Herramienta, a través de la colaboración Universidad – Administración.
- Proceso participativo de diseño e implementación en el que se ha contado con la opinión cualificada de los y las profesionales de atención primaria.
- Armonización de criterios comunes en el proceso de valoración de la exclusión social.
- Herramienta sencilla y útil, con alto grado de aceptabilidad y usabilidad por parte de las y los profesionales.
- Instrumento validado científicamente con alto grado de validez explicativa y predictiva de las situaciones de exclusión.
- Generación de información actualizada, accesible y desglosada para la realización de diagnósticos sociales en diferentes niveles territoriales (autonómico, provincial y local).
Algunos de los proyectos que desarrollan las acciones innovadoras en el campo de los Servicios Sociales de Atención Primaria, son:
FORMACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROFESIONALES
La Facultad de Trabajo Social de Cuenca de la Universidad de Castilla - La Mancha, desarrolla el proyecto de FORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL ANTE SITUACIONES DE VULNERABILIDAD Y/O EXCLUSIÓN SOCIAL.
El proyecto se está desarrollando en 5 Áreas de Servicios Sociales de la región, donde a través del nuevo Marco de Concertación, se han incluido profesionales específicos para el abordaje de las situaciones de exclusión social (Equipos Técnicos de Inclusión y Entidades de Iniciativa Social), al objeto de:
• Definir una metodología de trabajo que desarrolle, con criterios homogéneos para toda la región, la prestación de Prevención y atención integral ante las situaciones de exclusión social, recogida en la Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla – La Mancha.
• Mejorar los criterios para la valoración de las situaciones de vulnerabilidad y de exclusión social, así como de su intensidad, buscando que sean homogéneos, pero adaptados a la diversidad geográfica, con especial atención al medio rural.
• Mejorar los mecanismos de evaluación de los efectos y de los impactos de las intervenciones realizadas por los equipos Básicos de Servicios Sociales de Atención Primaria y los Equipos Técnicos de Inclusión.
Todo ello, a través de la actualización del manejo de conceptos relacionados con el fenómeno de la exclusión e inclusión social, potenciando las habilidades para la intervención profesional, delimitando los procedimientos a seguir y vinculando los conocimientos teórico-metodológicos y las habilidades profesionales a los valores y principios de actuación con personas en situaciones de vulnerabilidad y de excusión.
La Asociación Cultural Adhara-Toledo, lidera un proyecto de FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS SOCIALES.
Este proyecto se está desarrollando en 5 equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria de la provincia de Toledo, a través de la metodología del Coaching de Equipos.
El coaching de equipos es una metodología que facilita la reflexión y el autoconocimiento para mejorar el rendimiento de un equipo y facilitar los acuerdos de funcionamiento interno de dicho equipo. Se trata de una herramienta práctica, con una larga historia como disciplina, que es empleada para conseguir comprender mejor cómo funcionan los equipos y las relaciones dentro de ellos.
En las sesiones del proceso de coaching de equipos, se trabajan aspectos como la motivación, la actitud hacia el cambio, los roles dentro del equipo, la gestión de conflictos, la productividad, el estrés, la confianza, el compromiso, los objetivos y metas comunes, la comunicación, el sentido de nuestra labor profesional, etc.
Estos y otros contenidos se abordan en función de las características y necesidades de cada equipo, estructurados en las siguientes fases del proceso:
1. Primer contacto con la persona responsable del equipo al objeto de elaborar un Prediagnóstico.
2. Diagnóstico del equipo, a través de diferentes técnicas como entrevistas individuales, dinámicas de grupo, cuestionarios, etc.
3. Intervención y desarrollo del plan de acción (objetivos y metas comunes) del equipo o proceso de mejora.
4. Evaluación continua del proceso de intervención
5. Sesión final de evaluación con todos los equipos que han culminado su proceso de cambio para visualizar y poner en valor sus logros.
Las sesiones se desarrollan en los lugares de trabajo de los equipos, y con una periodicidad aproximada de una vez al mes.
DESARROLLO DE NUEVAS METODOLOGÍAS DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA
La Asociación para la mediación social intercultural Intermediacción, desarrolla un proyecto de INTERVENCIÓN COMUNITARIA MEDIADORA E INTERCULTURAL EN BARRIOS: UNA HERRAMIENTA PARA LA CONVIVENCIA, LA INCLUSIÓN Y LA COHESIÓN SOCIAL.
El presente proyecto, se desarrolla en las localidades de Hellín y Lominchar desde el año 2016, y supone una aportación metodológica por la inclusión social en el ámbito local a partir de la identificación de retos locales para la mejora de la convivencia y la determinación del bien común, de manera corresponsable y participada por los tres protagonistas principales de las comunidades: las Administraciones (quienes deciden), los Recursos técnicos y profesionales (quienes trabajan para la comunidad) y la Población (quienes viven y construyen cotidianamente su comunidad). Este método de trabajo comunitario, basado en la mediación y la interculturalidad, es por tanto un intento de aportar localmente e incidir con ejemplos concretos en la definición de las políticas públicas que deben orientarse hacia la cohesión social. Los objetivos que persigue el proyecto son: • Incrementar el compromiso de los tres protagonistas con la búsqueda de una convivencia -basada en el respeto y reconocimiento mutuo, la interacción social entre grupos diferentes, el cumplimiento de normas y la interiorización de derechos y obligaciones- que favorezca la inclusión y la cohesión social desde un sentido de identidad común en la diversidad y de pertenencia a la comunidad. • Implicar a la población en la mejora de la convivencia y la inclusión social, a través de la motivación y de la creación de espacios de participación ciudadana. • Mejorar la coordinación efectiva y el trabajo colaborativo comunitario entre actores del municipio: administraciones, entidades y población.Y se abordarán a través de la práctica metodológica comunitaria, que incluye como elemento central, la construcción de un diagnóstico comunitario entre todos los actores sociales.
La Federación de Municipios y Provincias de Castilla - La Mancha, en colaboración con el Observatorio Internacional de Ciudadanía y Medio Ambiente Sostenible (CIMAS), desarrollan una PROPUESTA DE FORMACIÓN Y ASESORÍA TÉCNICA PARA EL TRABAJO EN RED en un Área de Servicios Sociales de la provincia de Toledo.
El presente proyecto tiene por objeto presentar los trabajos de asesoría técnica y formación sobre herramientas, dinámicas y estrategias que permitan el trabajo colaborativo y participativo, para fomentar el trabajo en red de entidades públicas y privadas en el Área PRAS de Valmojado, a fin de optimizar los recursos existentes y cubrir las necesidades de los municipios de la red.
El proyecto comprende las siguientes fases:
1. A través de un sociograma, el equipo realiza un mapeo de los actores y grupos sociales presentes en el territorio, analizando las conexiones existentes entre ellos.
2. Pasa después a realizar un diagnóstico de necesidades, oportunidades, condicionantes, potencialidades, limitaciones y recursos para fomentar el trabajo en red en el Área, a través de distintas técnicas de diagnóstico (flujograma, árbol de problemas, mapa cognitivo, etc).
3. Elabora un Plan participativo de actuación, diseñando una estructura de relaciones en red.
4. Reforzando los espacios consolidados, articulando los más débiles y estableciendo estrategias de vinculación con los más alejados.
Proyectos cofinanciados por FSE en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha.
Abordaje de nuevos perfiles desde modelos de intervención adaptados a contextos sociales cambiantes
Talavera de la Reina, 24 y 25 de noviembre de 2021.
Las IV Jornadas de Servicios Sociales e Inclusión se desarrollarán durante dos días, 24 y 25 de noviembre en Talavera de la Reina, en el Teatro Palenque.
Las mismas van dirigidas, principalmente, a profesionales de la intervención social, es decir, trabajador@s sociales, educador@s sociales, psicólog@s, sociólog@s, que desarrollan su actividad profesional en el ámbito de los Servicios Sociales de Atención Primaria y Especializados, así como a profesionales de las entidades del Tercer Sector del Ámbito Social. También pueden ser destinatarios y destinarias los alumnos y las alumnas de las distintas disciplinas universitarias que se encuadran en el estudio, el diagnóstico y la intervención social.
Los objetivos que se persiguen son la adquisición de conocimientos, el debate sobre esos planteamientos más teóricos y aportación de la experiencia del día a día.
Para ello hemos elegido tres ejes de trabajo:
Retos Actuales. ¿Hacia dónde vamos?
Revisión del concepto de inclusión social y modelos de intervención: trabajo comunitario, multidisciplinar y tendencias.
El papel de los medios de comunicación en la imagen proyectada sobre inclusión social y Servicios Sociales de Atención Primaria.
Estos ejes se desarrollarán partiendo de un marco teórico (ponencias), para con posterioridad establecer un diálogo sobre los aspectos más importantes que puedan surgir de las mismas y terminar con la presentación de experiencias reales que se realizan en los territorios.
Las Jornadas se enmarcan dentro de la política de la Consejería de Bienestar Social en su búsqueda de trabajar con los profesionales y para los profesionales, ya que ellos y ellas van a ser los que van a depositar su saber y buen hacer en la intervención con los y las ciudadanos y ciudadanas castellano manchegas que están en una situación de mayor vulnerabilidad y con l@s futur@s profesionales que conformarán nuestro sistema de servicios sociales.
Proyecto cofinanciado por FSE en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha.
La presente convocatoria de subvenciones, está destinada a la financiación de los programas y proyectos de interés general, desarrollados por las Entidades del Tercer Sector en Castilla – La Mancha, y cuya financiación procede del 0,7 por ciento del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El Gobierno regional reconoce el papel del Tercer Sector de Acción Social, como un aliado imprescindible, que desde hace años ha estado presente en el diseño y la ejecución de las políticas contra la pobreza y la exclusión social, así como en la atención a personas que se encuentran en situaciones de especial vulnerabilidad.
Su actuación deriva de su compromiso con los derechos humanos, con la solidaridad, la igualdad de oportunidades y el desarrollo humano sostenible y su intervención se convierte en otra forma de acción ciudadana alternativa o complementaria, respecto a la gestión de las instituciones públicas, con soluciones orientadas no solo a evitar que las personas y colectivos de las que forman parte se vean excluidas de los niveles esenciales de bienestar, sino también a poner de manifiesto la persistencia de los problemas estructurales económicos y sociales que generan inequidad.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
La convocatoria de subvenciones se articula en régimen de concurrencia competitiva y se establecen sus bases a través de la Orden 161/2017, de 20 de septiembre, de la Consejería de Bienestar Social.
Para los ejercicios sucesivos, el procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por la persona titular de la consejería competente en materia de servicios sociales y será publicada en la base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En todo caso, la eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación de la misma y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
FINALIDAD Y PROGRAMAS SUBVENCIONABLES
Los programas subvencionables se ejecutarán en el territorio de Castilla-La Mancha y se presentarán bajo tres modalidades,
a) Programas para la atención de personas con necesidades de atención integral sociosanitaria.
b) Programas para la atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral.
c) Programas para el fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, la Cruz Roja Española y todas aquellas otras asociaciones y/o sus federaciones que reúnan los requisitos contemplados en la base quinta de esta orden.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas entidades del Tercer Sector de Acción Social, los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes en 2017 será de quince días contado a partir de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Junto a la solicitud se presentará la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante, así como del programa y, en su caso, por cada uno de los proyectos para los que se solicita subvención, cuyos modelos estarán disponibles en la sede electrónica y que se anexarán a través de la misma.
En el año 2017 la Consejería de Bienestar Social vuelve a poner en marcha este instrumento con el fin de contribuir a la financiación de proyectos de educación para el desarrollo llevados a cabo por entidades sin ánimo de lucro.
Los proyectos de educación para el desarrollo son el conjunto de actividades y recursos enfocados al logro de un objetivo general concretado en uno o varios objetivos específicos de educación para el desarrollo y de sensibilización de la población castellano-manchega.
Estos proyectos se financian mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, al amparo de la Orden 154/2017, de 5 de septiembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de educación para el desarrollo, que fue publicada en el DOCM del 11 de septiembre de 2017.
Finalidad:
Todo proyecto deberá estar orientado hacia la construcción de una nueva sociedad civil, participativa y comprometida con la paz y la solidaridad entre los pueblos, el respeto y defensa de los derechos humanos, la preservación del medioambiente, la equidad de género y la promoción y consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Tipología:
a) Proyectos de sensibilización. Intervenciones dirigidas a la sociedad castellano-manchega en su conjunto o a un colectivo determinado, orientadas a la transmisión del conocimiento de las diferentes realidades e interrelación entre los países del Norte y del Sur; a la visibilización de las causas de la pobreza, su relación con las vulneraciones de los derechos humanos y a las estructuras y actuaciones que inciden en procesos generadores de desigualdades; la promoción de la cultura de paz y solidaridad, la concienciación de la ciudadanía con la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible, las prácticas de consumo responsable, el comercio justo, y la defensa y respeto a los derechos humanos.
b) Proyectos de educación para el desarrollo en el ámbito de la educación formal, que promuevan en el alumnado y en el conjunto de la comunidad educativa castellano-manchega conocimientos, valores y actitudes capaces de generar una cultura de la solidaridad comprometida con la lucha contra la pobreza y la exclusión, así como con la cultura de paz y con el desarrollo humano incluyente, equitativo y sostenible; actividades pedagógicas para trabajar los objetivos de desarrollo sostenible, siempre desde la perspectiva del enfoque de género y de los derechos humanos.
c) Proyectos de educación para el desarrollo, fuera del sistema de educación formal, que promuevan actividades en Castilla-La Mancha en relación a los objetivos de desarrollo sostenible y a procesos de aprendizaje que fomenten el ejercicio de una ciudadanía global, solidaria, activa, crítica y responsable, comprometida con la lucha contra la pobreza y la exclusión, así como con el desarrollo humano incluyente, equitativo y sostenible y la defensa del cumplimiento de los derechos humanos en todo el mundo.
d) Proyectos de formación, investigación e innovación. Intervenciones para reforzar las capacidades de los/las agentes castellano-manchegos de cooperación y el fortalecimiento del tejido social, proyectos de investigación y transmisión del conocimiento que profundicen en el conocimiento de cualquier materia vinculadas a la cooperación internacional para el desarrollo y en el conocimiento de procesos que influyen en el desarrollo socioeconómico y en la resolución de problemas concretos.
Prioridades horizontales:
Los proyectos de sensibilización y educación para el Desarrollo deberán alinearse con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y ajustarse a las prioridades horizontales, que actúan como principios inspiradores de la cooperación castellano-manchega:
a) El Enfoque basado en los Derechos Humanos debe presidir todas las actuaciones de la educación para el desarrollo de la región y de sus actores.
b) La Equidad de Género debe reflejarse en todas las políticas y en todos los programas de desarrollo, y por tanto será un objetivo trasversal al que contribuyan las acciones subvencionables al amparo de esta orden.
c) La Sostenibilidad Medioambiental es una prioridad horizontal en todas las acciones de sensibilización y educación para el desarrollo, que contribuirá al desarrollo sostenible.
d) El Desarrollo Humano Sostenible, a diferencia de las estrategias de mero crecimiento económico, otorga a la vertebración de la sociedad civil una importancia decisiva, por tanto los proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo contribuirán al fortalecimiento de la sociedad civil que ha de ser protagonista de su transformación.
Entidades destinatarias:
a) Estar legalmente constituida como asociación o fundación sin finalidad lucrativa.
b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
c) Estar inscrita en el correspondiente registro que le pudiera corresponder según su naturaleza.
d) Tener como finalidad la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo y/o la sensibilización y educación para el desarrollo.
e) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de los proyectos subvencionados.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
g) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
h) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
i) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
j) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
k) Disponer la entidad de personal que no haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, incluida la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de Modificación Parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
2. Así mismo podrán concurrir las agrupaciones, con o sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades, cuando cada una de las que la integran reúna por sí misma los requisitos del apartado 1 y cumplan los siguientes requisitos específicos:
a) Que se determine el liderazgo de una de ellas, que será única y plenamente responsable de la agrupación ante la Consejería, sin perjuicio de la responsabilidad de los otros miembros de la agrupación, tal y como establecen los artículos 11, 40 y 53 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
b) Que se nombre a una persona como representante única de la agrupación, persona física explícitamente elegida por todas las personas integrantes, que deberá ostentar poderes bastantes para cumplir las obligaciones de representación legal de la agrupación.
c) Que las entidades integrantes de la agrupación suscriban en documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta del proyecto subvencionado.
Consulta pública sobre el proyecto de Decreto del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Proyecto de Decreto, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 16 de agosto de 2017, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 5 de septiembre del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es.
1. Antecedentes de la futura norma.
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye en el artículo 31.1.20ª, competencias exclusivas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de asistencia social y servicios sociales; promoción y ayuda a los menores, jóvenes, tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en su artículo 11.1, atribuye a las Comunidades Autónomas las funciones de planificación, ordenación, coordinación y dirección, en sus ámbitos territoriales, de los servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia y en su artículo 28.2 establece que el reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante resolución expedida por la Administración autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el Estado.
En Castilla-La Mancha el Decreto 307/2007, de 18 de diciembre; el Decreto 176/2009, de 17 de noviembre, y el Decreto 26/2013, de 23 de mayo, han ido regulando sucesivamente el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia. Con la entrada en vigor de la nueva norma que se va a tramitar, el último de los citados decretos quedará derogado.
2. Problemas que se pretenden solucionar con el nuevo decreto.
Con el futuro Decreto se pretende regular el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, determinar la composición y funciones de los equipos competentes para valorar la situación de dependencia y elaborar los Programas Individuales de Atención, y regular los criterios de determinación de la capacidad económica de la persona beneficiaria y la gestión de las prestaciones económicas. Todo ello en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de este Decreto es necesaria, ya que va a sustituir al actual Decreto 26/2013, de 23 de mayo, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha diseñando un procedimiento adaptado tanto a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas como a la experiencia de gestión adquirida en los diez años de vigencia del Sistema de Atención a la Dependencia, manteniendo sólo aquellos trámites indispensables para determinar la situación de dependencia y el derecho de acceso a los servicios y prestaciones. Todo ello con la finalidad de ofrecer una respuesta ágil y adecuada a las necesidades de apoyo que presenten los ciudadanos y ciudadanas de Castilla-La Mancha que se encuentren en situación de dependencia.
4. Objetivos de la futura norma.
Esta futura norma tiene como objetivo adaptar el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha a las previsiones establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con el fin de que el procedimiento tenga una mayor agilidad y eficiencia.
Este Decreto también pretende introducir un procedimiento específico de valoración de la situación de dependencia como de atención de los niños y niñas debido a la especial urgencia en la atención que presentan.
Por último, se pretende avanzar en la mejora del sistema de compatibilidades entre servicios y prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La mancha iniciado por el Decreto 3/2016, de 26 de enero, por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas a la elaboración de este futuro decreto, ya que es necesaria la derogación del actual Decreto 26/2013, de 23 de mayo, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en Castilla-La Mancha, para sustituirlo por el procedimiento más ágil y eficiente que se va diseñar con la norma que se pretende aprobar.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Anteproyecto de Ley, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
La ciudadanía y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 28 de junio de 2017, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 18 de julio del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es .
1. Antecedentes de la futura Ley.
La Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad constituye el primer convenio internacional que trata de forma específica sobre los derechos de las personas con discapacidad. La Convención y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
España ratificó la Convención y su Protocolo Facultativo por Instrumento de ratificación de la Jefatura del Estado, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de abril de 2008, produciéndose su entrada en vigor el 3 de mayo de ese mismo año.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.2 y 96 de la Constitución Española, en cuanto Tratado Internacional de derechos humanos, la Convención forma parte del ordenamiento jurídico interno y por tanto, es obligación de los poderes públicos contribuir a la efectividad de los derechos y valores que representa. La Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, refuerza dicha obligatoriedad, estableciendo que son de aplicación directa, y tanto el Estado, como las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deben adoptar las medidas para su ejecución dentro de su ámbito competencial.
Destaca del articulado de la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, su artículo 12, que establece que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y por tanto tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás en todos los aspectos de la vida y que para ello se adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar el acceso a los apoyos que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. Es decir, se cambia el modelo de sustitución en la toma de decisiones de la persona con discapacidad por un modelo de apoyo o complemento para que la misma pueda adoptar sus propias decisiones.
Por ello, dando cumplimiento al mandato que contiene el referido artículo 12 de la Convención, este texto legal pretende ser un instrumento jurídico, en el ámbito de las competencias en materia de servicios sociales que confiere el artículo 31.1.20 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que permita a la persona con discapacidad psíquica configurar en la medida de lo posible de forma dinámica los apoyos que pueda necesitar a lo largo de su vida.
Por último, la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha, prevé un sistema transversal de atención a las personas con discapacidad y, entre otras cuestiones, establece diversas medidas de acción positiva, entre las que se encuentran las dirigidas a que los servicios y prestaciones sociales respondan a sus necesidades de apoyo singularizadas para poder desarrollar sus proyectos de vida en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía.
2. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva Ley.
Con la futura Ley de protección y apoyo garantizado para personas con discapacidad psíquica en Castilla-La Mancha se pretende dar respuesta a las familias que tienen entre sus miembros a una persona con discapacidad psíquica y que por tanto, necesitan apoyo en mayor o menor grado para la toma de decisiones y que muestran una gran preocupación sobre las decisiones que se tomen en cuanto a las características de los apoyos que su familiar va a recibir cuando ellos no estén.
De esa preocupación surgida en el seno de las familias de las personas con discapacidad psíquica nace esta futura Ley, como medio para dar la oportunidad a estas personas con discapacidad y a sus familias de articular un mecanismo de planificación de sus apoyos futuros conforme a los gustos y preferencias de la persona con discapacidad.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de esta Ley es necesaria dado que este nuevo marco normativo responde a un compromiso del Gobierno Regional y en especial de su Presidente con las personas con discapacidad y sus familias que ha manifestado en distintos foros.
Por otro lado, responde a ese cambio de modelo propiciado por la referida Convención de la ONU en la atención y protección a las personas con discapacidad, en el que la propia persona acompañada de su familia se erige en motor de cambio de su futuro con los apoyos que necesite.
4. Objetivos de la futura Ley.
Esta futura Ley tiene como objetivos:
a) Articular un sistema de planificación de apoyos para aquellas personas con discapacidad psíquica que tengan limitada su autonomía personal para la toma de decisiones y que en la medida de lo posible con el apoyo de su familia puedan manifestar sus preferencias sobre la atención integral, igualdad de oportunidades y la participación activa en el entorno comunitario cuando sus apoyos familiares falten.
b) Establecer una garantía de apoyo residencial una vez que la persona con discapacidad psíquica no cuente con sus apoyos familiares
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
De acuerdo con los objetivos expuestos y dado que se trataría del establecimiento de derechos para las personas con discapacidad destinatarias de la futura ley, así como su garantía, se entiende la conveniencia de la elaboración de un anteproyecto de ley que regule de forma novedosa este sistema de apoyos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La Ayuda económica a familias numerosas tiene por objeto apoyar económicamente a las familias con rentas más bajas, en función del número de hijos/as que figuran en el Título de familia numerosa.
REQUISITOS
Para tener derecho a las ayudas a familias numerosas, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos y mantenerlos durante todo el tiempo en que se perciban las ayudas:
• Tener el Título de familia numerosa en vigor.
• Los hijos/as por los que se percibe la ayuda sean menores de 18 años
• Escolarización de todos los hijos/as en edad escolar obligatoria, durante los dos cursos anteriores a la solicitud
• No haber incurrido en absentismo escolar de todos los hijos/as en edad escolar obligatoria, durante los dos cursos anteriores a la presentación de la solicitud.
• Todos los miembros de la unidad familiar integrados en el Título de familia numerosa deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
• Todos los miembros de la unidad familia integrados en el Título de familia numerosa deben tener residencia efectiva en Castilla La Mancha, con dos años de antelación a la presentación de la solicitud.
• No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, excepto lo previsto en la letra e) que queda exceptuado en atención a las circunstancias concurrentes en las personas beneficiarias de estas ayudas.
• Los ingresos de la unidad familiar, correspondientes al año anterior a la fecha de presentación de la solicitud no superen los límites siguientes:
3 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean uno o dos
4 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean tres
5 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean cuatro
6 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean cinco
7 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean seis
8 IPREM cuando los hijos/as que figuran en el Título sean siete
* Cada hijo/a con discapacidad computará como dos.
CUANTÍA
La cuantía mensual de las ayudas por hijos/as menores de edad, se calcula aplicando la fórmula descrita en el art.13.1 y 2 del Decreto 80/2012 de 26 de abril, por el que se regulan ayudas económicas a familias numerosas y familias acogedoras de Castilla-La Mancha.
La cuantía mensual se determina en función del número de hijos/as que figuran en el Título de familia numerosa, aunque se abona por los hijos/as menores de edad.
El importe mínimo de percepción está establecido en 15€/hijo/a mensual.
Aunque las ayudas se devengan mensualmente, el abono efectivo se hace anualmente en dos pagos en los meses de junio y diciembre, por un importe cada uno del cincuenta por ciento del cómputo anual.
La ayuda tendrá una vigencia de dos años, por lo que las personas beneficiarias deberán presentar solicitud de renovación durante los seis meses anteriores a la fecha de vencimiento de la ayuda.
SOLICITUD
Para la solicitud de Ayuda económica a familias numerosas y su renovación, puede hacerlo:
a) Mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, debidamente firmado.
Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la ayuda se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica.
Para recibir las notificaciones electrónicas, la persona solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
b) En el registro de los Servicios Centrales de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en el de sus Delegaciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Los SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA de su localidad de residencia, cuentan con información suficiente para asesorarle en la solicitud y renovación de ayuda económica de Familia Numerosa.
CONSULTA DEL ESTADO DE SU EXPEDIENTE: https://historiasocial.castillalamancha.es/historiasocial/
Considerando esta etapa de la vida como una oportunidad de crecimiento personal, de desarrollo de la creatividad y de un continuo aprendizaje, se hace necesaria la potenciación de los programas de envejecimiento activo, que mejoren la calidad del estilo de vida de las personas mayores, sirvan de instrumento de prevención de situaciones de discapacidad y dependencia y, además, refuercen los niveles de participación social.
Misión:
Mejora integral del colectivo de personas mayores cuidando los aspectos físicos, psicológicos y emocionales del mismo, con atención especial a la sensibilización sobre el valor del envejecimiento activo, la valiosa contribución de los mayores hacia la sociedad, la promoción de la solidaridad intergeneracional, la lucha contra la exclusión y desprotección por razón de edad.
Objetivo general:
La atención integral de necesidades (psico-físicas y sociales) de nuestros mayores desde un enfoque centrado en la persona e inclusivo mediante recursos, servicios y actuaciones de promoción del envejecimiento activo, de prevención de la dependencia y de protección de los derechos y de calidad.
Está organizado en tres ejes de actuación que se desarrollan, a su vez, en ocho programas:
Eje 1.- Envejecimiento Activo y Saludable. Propuesta de actuación relacionada con la atención integral de las necesidades físicas, psíquicas, personales y sociales de las personas mayores en su entorno mediante los siguientes programas:
1.1. Acceso a las Nuevas Tecnologías, que persigue promover la alfabetización digital de los mayores y utilizar las TIC como medio para optimizar e incrementar el acceso a servicios y programas encaminados a mejorar su calidad de vida.
1.2. Desarrollo Personal, que permite intentar mantener las capacidades físicas, psíquicas, sensoriales y relacionales de las personas mayores, de forma que sean parte activa y continúen sintiéndose útiles dentro de la sociedad de la que forman parte.
1.3. Hábitos de Vida Saludable, dirigido a la conservación de la autonomía de las personas mayores basada fundamentalmente en medidas preventivas con el fin de mejorar su calidad de vida.
1.4. Participación Social e Integración en la Comunidad, donde se trata de promover una imagen social positiva de las personas mayores, revelando la etapa de envejecimiento como una fase de la vida llena de posibilidades de realización personal y social.
Eje 2.- Prevención de la Dependencia y Promoción de la Autonomía. Propuesta de actuación vinculada a la promoción de la autonomía personal de personas mayores que presentan algún tipo de fragilidad personal y social.
2.5. Prevención Inespecífica (familiares y cuidadores…). Se dirige a las personas mayores y a su contexto relacional y social. Incide directamente sobre los propios mayores, sus cuidadores de tipo formal e informal, así como sobre sus familias y entorno más próximo.
2.6. Prevención Específica (personas vulnerables, frágiles, en situación de dependencia) Se dirige a la población mayor que por su situación de vulnerabilidad y fragilidad requiere atención y cuidados específicos de tipo personal asociados a procesos de autonomía desde un punto de vista integral.
Eje 3.- Protección de los Derechos y Calidad de la Atención
3.7. Protección de los Derechos, actuación dirigida a garantizar el respeto, la promoción del buen trato y la defensa de las personas mayores en condiciones de igualdad.
3.8. Calidad de la Atención, se trata de acciones instrumentales de carácter técnico que orientan y complementan la atención directa profesional, así como la prestación de servicios y la acción estratégica institucional.
Entidades beneficiarias y requisitos
Podrán ser beneficiarias, en régimen de concurrencia competitiva, las Entidades municipales que cumplan los siguientes requisitos:
El Plan de Atención a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha 2023-2026 articula el conjunto de políticas públicas de la región destinadas a garantizar el derecho de la infancia y la adolescencia a su pleno desarrollo y bienestar integral, a prevenir situaciones de dificultad que pueden atravesar las familias y a atender aquellas situaciones complejas que pueden afectar su adecuado funcionamiento y el de sus miembros.
El presente Plan ha sido elaborado a través de un proceso participativo a iniciativa de la Consejería de Bienestar Social, en colaboración con las distintas consejerías del Gobierno regional con competencias en materia de infancia, con entidades del ámbito de infancia y familia, así como a través de la participación de los y las ciudadanas que han realizado aportaciones a través de la fase de participación ciudadana.
Estructura del Plan:
Eje 1. CUIDA. Prevención y apoyo a las familias.
La finalidad de este eje es favorecer el ejercicio de los derechos de la infancia y la adolescencia, así como el desarrollo integral en todas las facetas de su vida. Para ello se proponen las siguientes medidas:
- Sensibilización a la población sobre los derechos de la infancia.
- Participación de la infancia en el diseño de políticas públicas.
- Prevención de situaciones de riesgo y fortalecimiento de factores de protección en la infancia y adolescencia y en sus familias.
- Promoción de competencias de crianza basadas en la parentalidad positiva.
- Atención especializada a familias, niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad/riesgo.
Sus objetivos estratégicos son:
- Promover la sensibilización orientada a la difusión del enfoque de derechos de los niños y niñas y la participación infantil.
- Promover el bienestar y desarrollo integral de la infancia y adolescencia a través del apoyo familiar y nuevas formas de acompañamiento.
- Ofrecer respuestas especializadas centradas en familias con niños/as y adolescentes ante situaciones de dificultad/vulnerabilidad.
Eje 2. PROTEGE. Atención y acompañamiento a la infancia.
Todas las personas menores de edad y jóvenes con los que se interviene desde el sistema de protección y desde el sistema de justicia juvenil, requieren apoyos de diferente tipo e intensidad. Tales apoyos deben ser prestados por los poderes públicos, las entidades colaboradoras y la sociedad en general, con garantía del respeto de la dignidad, de sus derechos y del ejercicio de su autonomía. En este sentido, el acercamiento hacia un modelo de atención centrado en el niño, niña o joven se convierte en un requisito imprescindible para la consecución de mejoras en todos los ámbitos de la calidad de vida y bienestar de ellos y ellas.
Sus objetivos estratégicos son:
- Reforzar las actuaciones preventivas de preservación familiar.
- Garantizar el derecho de niños/as y adolescentes a crecer en una familia que les proporcione seguridad y afecto.
- Ofrecer a los niños y niñas que estén en acogimiento residencial unos entornos seguros y protectores.
- Intensificar las actuaciones preventivas y rehabilitadoras en infancia y adolescencia ante situaciones de conflicto social.
- Favorecer la coherencia de la intervención socioeducativa y terapéutica a las personas menores de edad y jóvenes en situación de conflicto social, ofreciendo una estructura estable que facilite su desarrollo integral.
- Crear unidades especializadas de atención a personas menores de edad víctimas de cualquier forma de violencia, incluyen explotación sexual.
EJE 3. ACOMPAÑA. Acompañamiento a la vida adulta.
La finalidad de este eje es el trabajo de los complejos procesos de transición a la vida independiente de las personas jóvenes al cumplir la mayoría de edad, especialmente de aquellas que han sido tuteladas por la Administración, que han cumplido medidas judiciales o se encuentren en situación de vulnerabilidad o riesgo social.
Sus objetivos estratégicos son:
- Favorecer la emancipación juvenil y la transición a la vida adulta, especialmente en jóvenes que están o han estado bajo medidas de protección o conflicto social.
- Reforzar el soporte y acompañamiento a la infancia y juventud en situación de vulnerabilidad o conflicto, con la implicación de personas o familias referentes y con la participación de la comunidad.
- Promover la implicación de los diferentes servicios y ámbitos competenciales de las administraciones, entidades, agentes y empresas para el desarrollo de programas y actuaciones que faciliten los procesos de desarrollo personas y profesional y promuevan la inclusión social de las personas jóvenes con dificultades de transición a la vida independiente.
EJE TRANSVERSAL
La finalidad de la transversalidad es que la infancia se sitúe en el centro de la decisión, primando el interés superior del menor e incluyendo acciones que fomenten su atención integral.
Sus objetivos estratégicos son:
- Impulsar la coordinación y el trabajo en red.
- Consolidar y fortalecer la colaboración con las entidades sociales.
- Sensibilizar, formar y capacitar a profesionales y agentes sociales que interviene en la atención al a infancia.
- Integrar el principio de transversalidad de género en la infancia.
- Gobernanza en clave de infancia.
Se puede consultar el Plan de Atención a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha 2023-2026 a traves del Portal de infancia y familias de CLM:
https://infanciayfamilias.castillalamancha.es/
O directamente en:
50167 0423 PLAN ATENCION INFANCIA CLM web.pdf (castillalamancha.es)
Paginación