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CerrarSon proyectos dirigidos a garantizar el respeto y la defensa de las personas mayores en condiciones de igualdad, mediante la prevención, concienciación, sensibilización y detección de situaciones de riesgo, dentro del Marco de Actuación del Envejecimiento Activo en Castilla-La Mancha.
Objetivos:
- Lograr evitar la vulneración de los derechos de las personas mayores ante las situaciones de desamparo y trato inadecuado de cualquier naturaleza (física, psicológica, económica y sexual) y en cualquier ámbito (familiar, social e institucional).
- Difundir pautas preventivas que permitan reducir riesgos a las personas mayores.
- Ofrecer las herramientas necesarias para detectar situaciones de abuso, proporcionando estrategias de actuación para poder afrontarlas y tomar las medidas oportunas.
- Potenciar y fomentar el empoderamiento y bienestar personal de los mayores, recuperando sus valores y dignidad, promoviendo el respeto mutuo y la convivencia armoniosa.
- Movilizar a la sociedad mediante campañas de sensibilización y concienciación que generen cambios de actitud hacia las personas mayores.
Acciones que comprende:
-Talleres de “Protección y Seguridad de las personas mayores”.
-Adquisición de buenas prácticas para mejorar la convivencia y el respeto en el ámbito familiar, en el social y en el institucional.
-Formación y capacitación de profesionales frente a situaciones de maltrato.
-Jornadas de “Promoción del Buen Trato hacia las personas mayores”.
-Foros Interdisciplinares de Prevención y Protección.
-Campañas de divulgación y sensibilización de toda la sociedad y en todos los ámbitos.
-Actuaciones de sensibilización puntual, periódicas y programadas a través de Redes Sociales.
Para más información dirigirse a:
-Dirección General de Mayores (Servicio de Programas de Atención a Mayores).
Tramitación preferente de solicitudes de valoración de la situación de dependencia.
La normativa autonómica en materia de Dependencia establece criterios para la tramitación preferente de las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia en los siguientes supuestos (artículo 7 del Decreto 1/2019, de 8 de enero, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de Dependencia y del derecho de acceso a los servicios y prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla-La Mancha:
- Primer supuesto: solicitudes que se fundamenten en situaciones urgentes a propuesta de los servicios sociales de atención primaria.
- Segundo supuesto: solicitudes que correspondan a situaciones de especial vulnerabilidad determinada por el equipo interdisciplinar de atención a la dependencia.
- Tercer supuesto: personas menores de 6 años de edad o mayores de 90 años. Este criterio no requiere valoración ya que es un criterio de edad objetivo.
Especialidades del procedimiento de tramitación en el caso de personas menores de 6 años y mayores de 90 años.
Los artículos 15 a 17 del Decreto 1/2019, de 8 de enero establecen el procedimiento y plazos de tramitación para los menores de 6 años y los mayores de 90 años:
- Niños o niñas de 0 hasta 6 años (no han cumplido los 6 años).
- Personas mayores de 90 años a fecha de solicitud (han cumplido los 90 años).
En los dos supuestos:
- Se designa un profesional de referencia.
- El plazo de resolución de su solicitud se reduce a la mitad: 3 meses.
- Tienen derecho a efectos retroactivos si se le reconoce una prestación económica vinculada al servicio o de asistencia personal si pasa el plazo de resolución de tres meses y no ha finalizado su procedimiento.
Además, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.3 del decreto 1/2019, la prioridad de tramitación y reducción de plazos para los mayores de 90 años y menores de 6 años se aplica tanto a solicitudes iniciales y de revisión.
La medida de Centro de Día enfoca su desarrollo en actividades tales como: actividades de apoyo, educativas, formativas, laborales, culturales y/o de ocio. De esta forma, y en coordinación con su familia, se permite que el menor continúe residiendo en su domicilio habitual. Además se incide en el reconocimiento y responsabilización de la falta cometida, para poder reconducir conductas disociales dentro de su propio entorno.
Los objetivos específicos del Centro de Día, junto con los objetivos generales del programa de ejecución de medidas judiciales en el entorno comunitario, son:
- Ofrecer al menor un ambiente estructurado para el desarrollo personal y social, ofreciendo alternativas de vida y de resolución de problemas para la construcción de un proyecto de futuro.
- Fomentar la responsabilización del menor a partir de la adquisición de habilidades, capacidades y actitudes que permitan una mejora de los respectivos niveles de competencia social.
- Conseguir la integración social del menor en su entorno y en los recursos de su comunidad de referencia.
- Adquirir habilidades interpersonales, actitudes de trabajo para la inserción en el mundo laboral y capacidad de gestión adecuada del tiempo libre.
La L.O. 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, establece que corresponde a las entidades públicas de protección y reforma de menores de las Comunidades Autónomas la ejecución de las medidas impuestas judicialmente, bajo el control del Juez de Menores.
Esta ley se aplica para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal. Cuando el autor de los hechos es un menor de 14 años no se le exige responsabilidad penal, sino que se le aplica lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil, la L.O. 1/1996, de 15 de enero y la Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla la Mancha.
La Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha, regula tanto la definición y actuaciones dirigidas a los Menores en Conflicto Social, estableciendo una serie de medidas de actuación, de carácter preventivo y de apoyo (Título II, capítulo IX), como la ejecución de las medidas judiciales (Titulo III).
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