Actuaciones
Encuentra las actuaciones de Servicios Sociales
Filtrar
Cerrar
La Consejería de Bienestar Social, a través de la Dirección General de Acción Social, está llevando a cabo un proyecto para la realización de la “II Estrategia contra la Pobreza y la Desigualdad Social de Castilla-La Mancha 2025-2030”, con el objeto de reforzar los avances conseguidos con la I Estrategia, mediante el refuerzo de las políticas sociales que está llevando a cabo el gobierno regional, así como abordar nuevos retos que son fruto de nuevas necesidades emergentes.
Esta nueva estrategia tiene por objeto articular un sistema de atención integral y transversal de las diferentes áreas del gobierno regional destinada a reducir la pobreza, la desigualdad y fomentar la cohesión social en nuestra comunidad, priorizando los grupos más vulnerables en lo que se refiere a la pobreza severa y las situaciones de exclusión grave, garantizando un uso eficiente de los recursos y una mejora en las condiciones de vida de esta población.
Cuatro son los retos que se pretende abordar:
- Garantía de recursos para las personas y territorios en situación de pobreza
- Inversión social en las personas
- Protección social y garantía del estado del bienestar
- Alianzas, trabajo en red y gobernanza
Previo a comenzar los trabajos en relación a esta estrategia, se ha valorado la necesidad de establecer un proceso de participación ciudadana con el objeto de conocer la opinión de la ciudadanía en relación a aquellos aspectos que debería recoger la II Estrategia, con el objeto de identificar y reflexionar sobre cuáles serían las medidas más adecuadas para dar respuesta a las situaciones de pobreza y exclusión social de nuestra región
Constituyen por tanto objetivos de este proceso de participación ciudadana:
- Identificar aquellos aspectos que la ciudadanía cree que son necesarios abordar para dar respuesta a las situaciones de pobreza y exclusión social.
- Generar un espacio de reflexión en torno a las líneas o ejes que debería recoger la estrategia.
Si eres una organización, entidad del tercer sector, universidad o cualquier persona que nos quiera hacer llegar sus opiniones y reflexiones en torno a este nuevo proyecto, puedes hacerlo a través del siguiente enlace: https://participacion.castillalamancha.es/
El Registro de Servicios Sociales es el instrumento de ordenación, constatación y publicidad de:
- Las entidades privadas que han obtenido autorización para la prestación de servicios de carácter social.
- Los centros y equipamientos necesarios para la prestación de servicios sociales, sean públicos o privados.
Fines:
- Facillitar la planificación, gestión, control e inspección del sistema de servicios sociales.
- Ofrecer a la ciudadanía información de los servicios sociales que se prestan en CLM.
Se estructura en dos secciones:
1.-Servicios sociales autorizados.
2.-Centros autorizados.
La inscripción en el Registro se ordena de oficio, una vez emitida la correspondiente autorización administrativa de apertura de un centro o de prestación de un servicio social, y a continuación se inscribe la entidad titular y/o gestora del servicio.
Actos sujetos a autorización previa:
- Puesta en funcionamiento de un centro para prestar servicios sociales, y la modificación del mismo (obras de reforma completa o parcial o que supongan disminuir las condiciones por las que se autorizó, o la modificación de su capacidad).
- El cierre de un centro donde se prestan servicios sociales.
- El inicio de la prestación de servicios sociales o su modificación.
También recoge los principales acontecimientos que afecten a las entidades y centros inscritos.
Las entidades deben comunicar al Servicio de Inspección y Calidad de los Servicios Sociales, en el plazo de un mes desde que se produzcan, todas las variaciones de los datos inscritos, tanto de la entidad, como de los servicios y centros que de ella dependan, y, en particular, deben comunicar:
- El cambio de entidad titular o de gestora de un centro o servicio inscrito.
- El cese de la actividad en la prestación del servicio.
La cancelación registral se acuerda de oficio cuando se produce:
- El cese definitivo en la actividad de prestación de servicios.
- Revocación de la autorización del centro o servicio
El Plan de Inspección de Servicios Sociales es el instrumento de programación y planificación básico para el desarrollo de la actuación inspectora, configurándola no sólo como una actividad de vigilancia, control y comprobación del cumplimiento de la normativa vigente en materia de servicios sociales, sino también de orientación y actuaciones en pro de la mejora en la atención asistencial que deben recibir las personas usuarias de los centros y servicios de carácter social.
Dada la diversidad de centros y servicios existentes en la región, y la distinta incidencia que se puede derivar para la garantía de la calidad y la seguridad en cada uno de ellos, a través del Plan de Inspección se establecen prioridades de las actuaciones a llevar a cabo en la labor de supervisión, y se planifica esta labor en base a acciones concretas, de manera que se puedan enfocar los esfuerzos a puntos críticos y áreas de riesgo relevantes.
Con carácter general, estas actuaciones inspectoras se llevan a cabo in situ, mediante visita a los centros y servicios por parte del personal de inspección, y pueden llevarse a cabo en días laborables y festivos, tanto en horario diurno como en nocturno, sin previo aviso.
Mediante la Resolución de 14/12/2022, de la Dirección General de Acción Social, por la que se convocan para este año 2023 las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 181/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 243, de 21 de diciembre de 2021), modificada por la Orden 173/2022, de 12 de septiembre (DOCM núm. 179, de 16 de septiembre de 2022).
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de itinerarios de inclusión social de las personas, unidades familiares o unidades de convivencia, y/o desde una perspectivas grupales y comunitarias con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención profesional.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación, exclusión social y discriminación.
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia, iniciando itinerarios integrales de inserción que favorezcan su integración social y laboral.
-Otros dispositivos de atención residencial a personas en situación de exclusión residencial que promuevan la atención integral a las personas, fomentando su mayor autonomía, proceso de inclusión y acceso al empleo, dando respuestas a las necesidades específicas de cada persona, a través de un proceso continuo de adaptación de los itinerarios de inserción.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación, estudios, investigación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de inclusión social, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
4.º Realización de estudios e investigaciones en el marco de la inclusión social.
En este sentido, las ayudas que venían siendo objeto de financiación a través del Programa Operativo 2014-2020, podrán ser cofinanciadas hasta en un 85% con el próximo programa operativo que se apruebe en Castilla-La Mancha en relación con el Fondo Social Europeo Plus y el periodo de programación 2021-2027, siempre y cuando las acciones a cofinanciar cumplan las condiciones de la normativa europea, los criterios de selección del futuro programa y el derecho aplicable para poder optar a la financiación del Fondo Social Europeo Plus.En nuestro caso los proyectos que se presenten en la modalidad del apartado 1, párrafos a) 1º y 2º; b) 1º, 2º y 3º; y c) .
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas
b) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social
c) Universidades
d) Instituciones Científicas
FINANCIACIÓN
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 5.338.080 euros.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende desde el 23 de diciembre al 16 de enero de 2023, quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de inclusión social o de la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la Sede Electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
En diciembre de 2021 se formalizo un Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social, y la Consejeria de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado Proyecto Piloto Itinerarios de Inclusión Social “Construir para volver a ser”
Este proyecto se enmarca en el componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiándose a través del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU, por lo que el proyecto se lleva a cabo en coordinación con la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Objeto
Este proyecto tiene por objeto el desarrollo de itinerarios de inclusión social con personas en situación de vulnerabilidad, riesgo o exclusión social, que fortalezcan la intervención social que vienen desarrollando los Equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria, desde una visión interdisciplinar que contemple la coordinación con los servicios y programas de empleo, otras entidades públicas, entidades sociales que trabajan en proyectos de inclusión social y de promoción de competencias para la autonomía personal y de transición a la vida adulta, incorporando nuevos enfoques metodológicos que permitan el abordaje de los mismos con un carácter innovador y cuyos resultados e impacto puedan ser evaluados a través de una metodología que permita conocer el efecto causal de la intervención, pero también, a través de otros instrumentos como las Escalas de Valoración que faciliten evaluar si la situación de la persona ha mejorado o no con respecto a la situación de partida.
Personas beneficiarias:
Las personas participantes en el proyecto serán seleccionadas por los Servicios Sociales de Atención Primaria, mujeres entre 18 y 52 años que tengan a cargo menores y que sean:
- Perceptoras del Ingreso Mínimo Vital
- O que se encuentren en situación de exclusión social.
Localización:
El proyecto se desarrolla en quince municipios y áreas de Servicios Sociales de la región:
- Provincia de Albacete: Albacete, Hellín y la Manchuela.
- Provincia Ciudad Real: Puertollano, Tomelloso y Valdepeñas.
- Provincia de Cuenca: Tarancón, Quintanar del Rey y Área Villalpardo.
- Provincia de Guadalajara: Azuqueca de Henares, Área Uceda y Fontanar.
- Provincia de Toledo: Talavera de la Reina, Seseña y Área Borox.
Actuaciones:
Las actuaciones a desarrollar se concretan en procesos de acompañamiento para que las personas participantes superen las situaciones de dificultad social, por lo que se adecuarán a las necesidades que presenten estas, dentro de un contexto colaborativo entre el profesional y la persona quienes diseñarán y concretarán las actuaciones a realizar en su itinerario de inclusión social.
Mediante la Resolución de 29/12/2021, de la Dirección General de Acción Social, se convocan para este año 2022 las subvenciones destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 181/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 243, de 21 de diciembre de 2021).
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de itinerarios de inclusión social de las personas, unidades familiares o unidades de convivencia, y/o desde una perspectivas grupales y comunitarias con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención profesional.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación, exclusión social y discriminación.
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia, iniciando itinerarios integrales de inserción que favorezcan su integración social y laboral.
-Otros dispositivos de atención residencial a personas en situación de exclusión residencial que promuevan la atención integral a las personas, fomentando su mayor autonomía, proceso de inclusión y acceso al empleo, dando respuestas a las necesidades específicas de cada persona, a través de un proceso continuo de adaptación de los itinerarios de inserción.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación, estudios, investigación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de inclusión social, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
En este sentido, las ayudas que venían siendo objeto de financiación a través del Programa Operativo 2014-2020, podrán ser cofinanciadas hasta en un 85% con el próximo programa operativo que se apruebe en Castilla-La Mancha en relación con el Fondo Social Europeo Plus y el periodo de programación 2021-2027, siempre y cuando las acciones a cofinanciar cumplan las condiciones de la normativa europea, los criterios de selección del futuro programa y el derecho aplicable para poder optar a la financiación del Fondo Social Europeo Plus.En nuestro caso los proyectos que se presenten en la modalidad del apartado 1, párrafos a) 1º y 2º; b) 1º, 2º y 3º; y c) .
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas
b) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social
c) Universidades
d) Instituciones Científicas
FINANCIACIÓN
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 5.338.080 euros.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende desde el 07 de enero al 27 de enero de 2022, quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de exclusión social o de la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la Sede Electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La ManchaCon el futuro Decreto se pretenden modificar los artículos 1.2.f), 3, 6, 9.a) y 12.5 del Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, con la finalidad de adaptar la cofinanciación de los convenios de colaboración que se suscriban al amparo del mismo a la nueva normativa de aplicación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
Con el futuro Decreto se pretenden regular las actuaciones administrativas en materia de servicios sociales, en desarrollo del título VI de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
En particular, tiene por objeto regular las siguientes materias:
a) El procedimiento de autorización administrativa y de comunicación necesario para la prestación de los servicios sociales.
b) El procedimiento de acreditación de la calidad de los servicios sociales.
c) El Registro de Servicios Sociales.
d) La función de inspección y control de los servicios sociales.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha, durante un período de veinte días naturales, en la que se recabó la opinión de las personas y las entidades más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
Mediante la Resolución de 04/03/2021, de la Dirección General de Acción Social, se convocan para este año 2021 las subvenciones destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 12/2017, de 2 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 26, de 7 de febrero de 2017), modificada por Orden 187/2018 de 14 de diciembre, ( D.O.C.M. nº 246 de 19 de diciembre de 2018) y por la Orden 177/2019 de 9 de diciembre ( D.O.C.M. nº 245 de 13 de diciembre de 2019).
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de itinerarios de inclusión social de las personas, unidades familiares o unidades de convivencia, y/o desde una perspectivas grupales y comunitarias con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención de los y las profesionales de Servicios Sociales.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación, exclusión social y discriminación.
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia, iniciando itinerarios integrales de inserción que favorezcan su integración social y laboral.
-Otros dispositivos de atención residencial a personas en situación de exclusión residencial que promuevan la atención integral a las personas, fomentando su mayor autonomía, proceso de inclusión y acceso al empleo, dando respuestas a las necesidades específicas de cada persona, a través de un proceso continuo de adaptación de los itinerarios de inserción.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de la modalidad b), 1º y 2º, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
En el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha, se podrá cofinanciar hasta en un 80%, los Proyectos enmarcados en la Prioridad de Inversión 9.1, Inclusión Activa y la Prioridad de Inversión 9.2, Integración Socioeconómica de Comunidades Marginadas. En nuestro caso los proyectos de las modalidades a) 1º y 2º, b) 1º , 2º y 3º y c) 1º y 2º.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas
b) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social
c) Universidades
d) Instituciones Científicas
FINANCIACIÓN
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 5.338.080 euros.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende desde el 12 de marzo al 05 de abril de 2021, quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de exclusión social o de la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la Sede Electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
La participación de la sociedad en los asuntos públicos constituye en la actualidad una necesidad que viene avalada por directrices de la Unión Europea, que ofrecen la base sobre la que se puede fundamentar el diálogo civil y la participación de las entidades sociales en los asuntos de la gobernanza.
La sociedad castellano-manchega está decididamente comprometida con la defensa de los valores de igualdad, de justicia social, de solidaridad y de participación social y es plenamente consciente del importante papel que desempeñan las entidades del tercer sector social en la región.
Órganos de participación social:
- Consejo Asesor de Servicios Sociales
- Comisión del Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha
La Comisión del Diálogo Civil es el órgano colegiado cuya finalidad es la de dotar de un marco institucional a la colaboración y al diálogo entre la Administración autonómica y la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
Esta Comisión tiene una representación paritaria entre la Administración autonómica y la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha y una participación equilibrada de mujeres y hombres.
Está adscrita a la Consejería de Bienestar Social.
El Decreto 81/2020, regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
Composición y funcionamiento de la Comisión del Diálogo Civil
La Comisión está integrada por la presidencia, dos vicepresidencias, las vocalías y la secretaría.
Serán miembros del Pleno:
- Presidenta de la Comisión: Titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
- Primera Vicepresidencia: La Viceconsejería competente en materia de Servicios y Prestaciones Sociales.
- Segunda Vicepresidencia: Una persona en representación del tercer sector social.
- Vocalías:
- Ocho personas en representación de la Administración autonómica con rango, al menos, de dirección general: siete personas de las consejerías competentes en las materias de hacienda, desarrollo sostenible, educación, empleo, igualdad, sanidad y vivienda, que serán propuestas por la persona titular de la consejería respectiva; y una persona,que será designada por la persona titular de la consejería a la que está adscrita la Comisión, de entre los titularesde los órganos directivos con competencias en materia de atención a las personas en situación de dependencia.
- Diez personas en representación de la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha, que serán propuestas por la misma.
- Secretaria: Una funcionaria de la Consejería de Bienestar Social.
Funciones:
Corresponden a la Comisión las siguientes funciones:
a) Ser informada sobre aquellos proyectos normativos o iniciativas de contenido social promovidos por la Administración autonómica, que afecten directamente a las personas o a los grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad, dependencia, discapacidad, desprotección o se encuentran en riesgo o en situación de exclusión social y/o pobreza.
b) Participar en el diseño, elaboración, seguimiento y evaluación de la Estrategia de promoción del tercer sector social.
c) Conocer y debatir las iniciativas propias de la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha, en relación a programas y planes, que vinculen a la misma con la Administración autonómica.
d) Debatir y plantear iniciativas conjuntas de coordinación, planificación y búsqueda de soluciones a los problemas derivados del objetivo propio de la Comisión, en particular de lucha contra la pobreza y la exclusión social y a favor de la inclusión y la cohesión social en la región.
e) Impulsar la elaboración de un código ético para las entidades del tercer sector social de la región.
f) Promover medidas que faciliten una adecuada organización y estructuración de las entidades del tercer sector social para una mejora en la prestación de servicios que redunden en beneficio de la sociedad civil.
g) Promover investigaciones y estudios sobre el tercer sector en el ámbito del Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia.
h) Conocer el informe anual de la actividad del tercer sector social con anterioridad a su publicación.
i) Formular declaraciones conjuntas para los asuntos que, a juicio de la Comisión, deban tener una amplia difusión social.
j) Aprobar la constitución de comisiones técnicas, designar a las personas que vayan a formar parte de las mismas y conocer y aprobar, en su caso, las propuestas que elaboren.
k) Aprobar, en su caso, el reglamento de régimen interno.
Adopción de acuerdos:
Los acuerdos de la Comisión, se adoptarán por mayoría de votos, dirimiendo los empates, si los hubiere, la persona titular de la presidencia con su voto de calidad.
Paginación