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CerrarDe conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Decreto, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 11 de enero de 2019, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 25 de enero del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es.
1. Antecedentes de la futura norma.
La Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, en su artículo 68.1 reconoce la participación social de las entidades de iniciativa social y de las entidades locales, correspondiendo a la Consejería competente en materia de servicios sociales garantizar la participación activa de las entidades sociales más representativas.
2. Problemas que se pretenden solucionar con el nuevo proyecto de Decreto.
Con el futuro Decreto se pretende regular un órgano de carácter colegiado, participativo y asesor, cuyo objetivo es analizar la situación actual y la evolución de los servicios sociales y dependencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con el fin de mejorar el bienestar de las personas y la calidad de los servicios ofertados, favoreciendo la sostenibilidad del sistema público y su articulación con el tercer sector.
El Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia de Castilla-La Mancha pretende servir al desarrollo de las políticas sociales en esta Comunidad Autónoma como una herramienta diseñada para mejorar las políticas de integración social, la organización de los servicios sociales, las condiciones en las que intervienen sus trabajadoras y trabajadores, así como para potenciar la participación de las personas y los grupos de población vulnerables.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de este Decreto es necesaria, ya que va a regular un órgano de participación efectiva de todos los sectores implicados en el análisis y el desarrollo de las políticas públicas en materia de servicios sociales y dependencia en Castilla-La Mancha.
4. Objetivos de la futura norma.
Esta futura norma tiene como objetivo regular la creación, composición, funciones y normas de funcionamiento del Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia de Castilla-La Mancha, así como el procedimiento para la designación de sus vocales.
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas a la elaboración de este futuro proyecto de Decreto, pues el Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia de Castilla-La Mancha es un órgano de nueva creación, que ha de ser regulado mediante norma reglamentaria.
La Consejería de Bienestar Social ha formalizado dos contratos para la adquisición de veintiséis vehículos ecoeficientes, dos de ellos destinados a representación de la Consejería y veinticuatro destinados al parque móvil de asistencia social. Los importes de dichos contratos son de 69.345,08 € y de 384.863,05 €, respectivamente.
El 12 de noviembre se recepcionaron la mitad de los vehículos contratados, estando prevista la entrega del resto de vehículos a principios del próximo año.
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional cofinancia la presente acción contribuyendo a las prioridades de la Unión Europea en materia de cohesión económica, social y territorial mediante inversiones estratégicas que redunden en el crecimiento económico de la región. La cofinanciación se instrumenta mediante el Programa Operativo Regional FEDER 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje Prioritario 4: Apoyar la transición a una economía baja en carbono.
Con el futuro Decreto se pretende regular la organización, la composición y el funcionamiento del Consejo Regional del Pueblo Gitano.
El Consejo Regional del Pueblo Gitano es el órgano colegiado de carácter asesor y consultivo de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que tiene por finalidad la promoción y la participación del movimiento asociativo gitano en el diseño y desarrollo de las políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social con carácter integral, dirigidas a la promoción de la igualdad de oportunidades de dicha población y al que le corresponden las funciones establecidas en el texto proyectado.
Con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, durante un período de veinte días naturales, en la que se recabó la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
La concesión de subvenciones a entidades del tercer sector con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF) es una medida del Estado consolidada en el tiempo y arraigada en la sociedad española.
Desde el 2017, las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía han asumido la gestión de los fondos asignados por el Estado con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF, de acuerdo al modelo mixto (tramo Administración General del Estado-tramo comunidad autónoma) creado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional 9/2017, de 19 de enero, dictada en el conflicto de competencias C-4777.
Así, en Castilla-La Mancha, en el año 2017, se regulan por primera vez las subvenciones con cargo a la asignación del IRPF, con unas bases de carácter continuista con las prioridades de financiación determinadas a nivel estatal, para facilitar el proceso de transición al modelo de gestión mixto.
Posteriormente, se han ido realizando adaptaciones normativas que aportan mayor solidez, coherencia y transparencia al procedimiento de tramitación y concesión de estas subvenciones, movidas siempre con el fin de promover la eficacia y la eficiencia en el trabajo, en colaboración con las entidades del tercer sector social para la atención a las necesidades de la población de Castilla-La Mancha.
En el marco de sus competencias, el Gobierno regional lleva a cabo una labor de análisis y revisión continua de las actuaciones que desarrolla, para atender con la mayor inmediatez y eficacia a las necesidades de sus ciudadanos y ciudadanas, en un contexto de cambio constante. En este escenario, se pone de manifiesto la importancia de la colaboración con las entidades del tercer sector social que son los agentes más sensibles a los cambios sociales y con una capacidad de respuesta valorada por toda la sociedad.
De este modo, la convocatoria del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, supone una vía importante de financiación para el tercer sector social, tanto para el apoyo a sus estructuras como para el desarrollo de su acción. Redefinir sus bases reguladoras, bajo los principios de estabilidad y sostenibilidad, mediante un proceso de análisis y de mejora continua, facilita que las entidades sociales, desde la especialización y la complementariedad a la Administración regional, puedan realizar su labor social de manera continuada, así como hacer frente a nuevos riesgos sociales que van apareciendo y que precisan de atención profesionalizada, flexible y de proximidad.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades u organizaciones del tercer sector social con implantación y actividad en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido por los artículos 2 y 3 de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
Tendrán así mismo la condición de entidades beneficiarias, las entidades asociadas miembros de la entidad solicitante que se comprometan a efectuar parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de esta. Estas entidades asociadas quedan obligadas al cumplimiento de los requisitos en los mismos términos que la entidad solicitante.
En el caso que alguna de las entidades solicitantes de la subvención sea una federación, confederación o persona jurídica similar, siempre que cumplan con lo previsto en la Ley 1/2020, de 3 de febrero, que integren en su seno a varias entidades miembros o asociadas, propondrán entidades ejecutantes de los proyectos, que actuarán por nombre y cuenta de la entidad solicitante y tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.
Asimismo, podrán concurrir las agrupaciones, sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades, cuando cada una de las que la integran reúna por sí misma los requisitos del artículo 5 y cumplan los requisitos específicos relacionados en la Orden de referencia.
FINANCIACIÓN
La cuantía total máxima destinada a la convocatoria de 2025 es de 17.048.116,42 euros, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias y al elemento PEP JCCM/0000026032:
a) 27.12.312A.48000 (Fondo 595): 16.707.158,42 euros.
b) 27.12.312A.78000 (Fondo 595): 340.958,00 euros.
Los créditos asignados para cada línea de subvención en la presente convocatoria son los siguientes:
Línea 1. Inclusión, Voluntariado y Participación. 5.551.724,00 euros.
Línea 2. Infancia y familia. 2.034.194,00 euros.
Línea 3. Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia. 718.310,00 euros.
Línea 4. Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos. 3.856.075,00 euros.
Línea 5. Mejora de la calidad de vida de las personas mayores. 2.435.891,00 euros
Línea 6. Juventud. 647.647,42 euros.
Línea 7. Igualdad de género y prevención de la LGTBIfobia. 236.609,00 euros.
Línea 8. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud 1.567.666,00 euros.
El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá del establecido para cada línea de subvención en el anexo I de la Orden 137/2023, de 23 de junio.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende del 6 de mayo al 26 de mayo de 2025, quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, se dirigirán a la persona titular del órgano competente para resolver y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. (Ver apartado TRÁMITES RELACIONADOS)
Junto a la solicitud se presentarán dos anexos correspondientes a la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y a la memoria explicativa del proyecto para el que se solicita la subvención. Los modelos están disponibles en el enlace del apartado TRAMITES RELACIONADOS.
Podrán presentarse únicamente tres solicitudes por cada línea de subvención, excepto para la Línea 1. Inclusión social, Voluntariado y Participación, a la que podrán presentarse cuatro solicitudes, siempre que se presenten tres con propuestas de inclusión social, a las sublíneas comprendidas entre la a) y la i), y una con propuesta de voluntariado y participación, a una sublínea comprendida entre la j) y la n).
Se presentará una única solicitud por cada proyecto a financiar, identificando la línea y sublínea a la que concurre. En el caso que una entidad presente proyectos idénticos o coincidentes a varias líneas y/o sublíneas, quedarán excluidas de la convocatoria todas las solicitudes en las que se dé esta condición.
Para aquellas solicitudes en las que la entidad solicitante prevea contar con entidades miembros asociadas para que efectúen parte de las actividades se aportará una declaración responsable de cada una de ellas en los mismos términos que los establecidos en la solicitud para la entidad solicitante, cuyo modelo estará disponible en la sede electrónica y que se anexará a través de la misma junto a la solicitud.
Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se pueden añadir a través del enlace Cómo van mis trámites de la sede electrónica. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, únicamente serán tenidos en cuenta los documentos presentados a través de Cómo van mis trámites de la Sede electrónica. La remisión de toda la documentación que genere el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará de forma telemática.
Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente, ni se valorarán documentos o comunicaciones que no se envíen a través de la dirección reseñada.
TRÁMITES RELACIONADOS
La Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha concibe los Servicios Sociales como un derecho de ciudadanía, y con ello plantea la necesidad de su regulación, para dotar a las personas de herramientas concretas para el ejercicio de su derecho.
La atención a las necesidades de carácter social mediante prestaciones concretas definidas normativamente, se muestra como el único camino para situar a los ciudadanos y las ciudadanas como Sujetos de Derecho del Sistema de Servicios Sociales.
Por ello el CATÁLOGO DE PRESTACIONES como instrumento que determina el conjunto de prestaciones de Sistema Público de Servicios Sociales constituye un elemento clave del sistema, dado que concreta las atenciones y actuaciones que se ofrecen a la persona, a la unidad familiar, a los grupos sociales y a la comunidad, garantizando la atención social como derecho de la ciudadanía y delimita la actividad del Sistema Público de Servicios Sociales en relación a otros sistemas como salud, educación, seguridad social y empleo.
La Consejería de Bienestar Social, en el marco de la Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha ha articulado un proceso de trabajo para el desarrollo del Catálogo de prestaciones, que se inició en 2017 y que se ha concretado en 2018.
Se ha diseñado un proceso de participación buscando la mayor representatividad de todos los profesionales que vienen contribuyendo al desarrollo del Sistema Público de Servicios Sociales, ya sean desde la administración autonómica, local, entidades de iniciativa social, así como colegios profesionales.
El proceso se ha diseñado en dos fases atendiendo a los dos niveles de intervención del Sistema y a la clasificación de las prestaciones, Atención Primaria y Especializada, conformándose un seminario de trabajo y siete grupos de expertos, en el que han participado cien profesionales:
- Profesionales, tanto de los Servicios Sociales de Atención Primaria y Atención Especializada como responsables y técnicos de las Direcciones Provinciales y Servicios Centrales.
- Profesionales del sistema de protección de Sanidad, Empleo y Vivienda.
- Las Entidades de iniciativa social que operan en el territorio y que vienen a complementar la intervención de los profesionales y la provisión de recursos del Sistema Público de Servicios Sociales.
- La Universidad de Castilla-La Mancha.
El proceso de los grupos de trabajo ha finalizado y el documento final será presentado a todos los profesionales que han participado en un Plenario que se desarrollará en breve.
Del resultado de este trabajo se procederá a elaborar el Decreto para su tramitación y aprobación en Consejo de Gobierno.
En el marco de la Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha es necesario abordar el desarrollo de un Plan Estratégico de Servicios Sociales, tal y como se establece en el artículo 44.
El Plan Estratégico tiene como finalidad diseñar racional y eficientemente las medidas, actuaciones y recursos necesarios para cumplir los objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales y tendrá una vigencia máxima de cuatro años.
Se han iniciado los trabajos de dicho Plan por parte de la Consejería de Bienestar Social con la asistencia técnica de la consultora Fresno, the right link que es una consultora especializada en asesoramiento estratégico y retos sociales.
El Plan Estratégico de Servicios Sociales incluirá:
- Un diagnóstico de las necesidades sociales que deben atenderse desde los servicios sociales, así como las previsiones de su evolución.
- Los objetivos a alcanzar, las líneas estratégicas y las acciones que han de articularse para conseguirlos (transversalidad).
- Los órganos responsables del desarrollo y ejecución de cada una de las acciones establecidas.
- Un cronograma de las acciones establecidas.
- Las medidas de coordinación interdepartamental e interadministrativa y de coordinación con la iniciativa privada.
- Los instrumentos para llevar a cabo la evaluación sistemática y continua del plan, teniendo en cuenta, además, que anualmente se tiene que elaborar un informe de evaluación del Plan de cuyo resultado se dará cuenta a las Cortes de Castilla- Mancha. En este sentido sería importante fijar el órgano responsable dentro de la estructura de la Consejería que lo llevaría a cabo.
- Los mecanismos necesarios para establecer las acciones correctivas que sean precisas cuando el plan no se ajuste a los objetivos y acciones establecidos en el mismo.
- Los objetivos del Plan de Calidad.
- Las áreas formativas y de investigación.
Proyecto de Decreto del Consejo Regional del Pueblo Gitano.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Proyecto de Decreto, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 6 de marzo de 2018, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 26 de marzo del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es.
1. Antecedentes de la futura norma.
La Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, en su artículo 68.1 reconoce la participación social de las entidades de iniciativa social y de las entidades locales, correspondiendo a la Consejería competente en materia de servicios sociales garantizar la participación activa de las entidades sociales más representativas.
El Consejo Regional del Pueblo Gitano se creó y reguló mediante la Orden de 11 de abril de 2011, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, que fue derogada por la Orden de 9 de julio de 2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
Transcurridos casi cinco años desde la aprobación de la Orden de 9 de julio de 2013, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, y como consecuencia de la existencia de un mayor número de entidades de iniciativa social que trabajan con la población gitana, es necesaria una nueva regulación del Consejo Regional del Pueblo Gitano, al objeto de dar una mayor representatividad a estas entidades. Todo ello de acuerdo con la Estrategia Nacional para la inclusión social de la población gitana 2012/2010 y con el fin de adaptar el funcionamiento de este Consejo a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Problemas que se pretenden solucionar con el nuevo decreto.
Con el futuro Decreto se pretende dar una mayor representatividad a las entidades de iniciativa social que trabajan con la población gitana.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de este Decreto es necesaria, ya que va a sustituir a la citada Orden de 9 de julio de 2013 de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales con el fin de dar una mayor representatividad a las entidades de iniciativa social que trabajan con la población gitana.
4. Objetivos de la futura norma.
Esta futura norma tiene como objetivo regular la organización, la composición y el funcionamiento del Consejo Regional del Pueblo Gitano, que se constituye como un órgano colegiado de carácter asesor y consultivo de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha que tiene como finalidad la promoción y la participación del movimiento asociativo gitano en el diseño y desarrollo de las políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social con carácter integral, dirigidas a la promoción de la igualdad de oportunidades de dicha población.
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas a la elaboración de este futuro decreto, ya que es necesaria la derogación de la actual Orden de 9 de julio de 2013 de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, del Consejo Regional del Pueblo Gitano.
Consulta pública sobre el Anteproyecto de Ley del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Anteproyecto de Ley, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Los ciudadanos y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 5 de febrero de 2018, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 25 de febrero del mismo año, a través del siguiente buzón de correo electrónico: transparenciabs@jccm.es.
1. Antecedentes de la futura Ley.
No existe legislación previa que regule específicamente el tercer sector social de Castilla-La Mancha.
2. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva Ley.
Con la futura Ley del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha se pretende regular un marco jurídico general para el conjunto de entidades que integran este sector.
A este respecto, se considera tercer sector el conjunto de entidades de carácter privado surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades que responden a criterios de solidaridad y de participación social, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos civiles, así como de los derechos económicos, sociales o culturales, especialmente por las personas y grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad o que se encuentran en riesgo de exclusión social.
3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La aprobación de esta Ley es necesaria dado que con la misma se establecerá un marco jurídico común para el conjunto de entidades que integran el tercer sector social de Castilla-La Mancha, con respeto pleno a las disposiciones normativas específicas aplicables a cada una de ellas, y se determinarán las medidas que fomenten y fortalezcan dichas entidades en consideración a los fines que les son propios.
También con la misma se impulsará la cooperación y colaboración de las entidades entre sí y con el sector público y las empresas, promoviendo su participación y aportación cualificada en el ámbito de la intervención social en general, así como en el resto de políticas y sistemas de responsabilidad pública relacionados con dicho ámbito.
4. Objetivos de la futura Ley.
Esta futura Ley tiene como objetivo desarrollar las actividades de intervención social llevadas a cabo por las entidades de iniciativa social. En concreto, se considerarán como tales las siguientes:
a) Sensibilización, denuncia, participación en procesos de elaboración o modificación de normas o interlocución con el sector público y otros agentes sociales.
b) Promoción y articulación de la solidaridad organizada y la participación social de la ciudadanía y, en particular, del voluntariado social, la ayuda mutua y el asociacionismo de las personas destinatarias de la intervención social.
c) Detección de necesidades, investigación e innovación.
d) Provisión (diseño, prestación, evaluación y mejora) de servicios de responsabilidad pública, o ajenos a ella, y realización de otras actividades o proyectos de intervención social. Se entienden como actividades de intervención social aquellas que se desarrollan con la finalidad de prevenir la exclusión social, favorecer la igualdad entre hombres y mujeres, promover la inclusión social y el ejercicio efectivo de los derechos de las personas, familias, grupos, colectivos o comunidades que afrontan situaciones de vulnerabilidad o exclusión, desprotección, discapacidad o dependencia.
En particular se consideran como tales los servicios sociales, el fomento de la empleabilidad, y cualquiera otra desarrollada con la finalidad indicada en el ámbito de la vivienda, la educación, la salud, la cultura o el ejercicio efectivo de los derechos sociales o económicos, entre otros.
5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
No existen soluciones alternativas a la elaboración de esta futura Ley dado el interés general que persigue y a la singularidad de la naturaleza de las actividades desarrolladas por estas entidades.
Mediante la Resolución de 28/12/2018, de la Dirección General de Acción Social y Cooperación, se convocan para este año 2019 las subvenciones destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 12/2017, de 2 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 26, de 7 de febrero de 2017), modificada por orden 187/2018 de 14 de diciembre, ( D.O.C.M. nº 246 de 19 de didiembre de 2018).
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de un itinerario de inclusión social de la persona, unidad familiar o unidad de convivencia, y/o desde una perspectiva grupal y comunitaria con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención de los profesionales.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación y exclusión social de discriminación o exclusión social:
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de la modalidad b), 1º y 2º, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
En el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha, se podrá cofinanciar hasta en un 80%, los Proyectos enmarcados en la Prioridad de Inversión 9.1, Inclusión Activa y la Prioridad de Inversión 9.2, Integración Socioeconómica de Comunidades Marginadas. En nuestro caso los proyectos de las modalidades a) 1º y 2º, b) 1º y 2º y c) 1º y 2º.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas
b) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social
c) Universidades
d) Instituciones Científicas
FINANCIACIÓN
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 5.952.420,00 euros, más de un 20% respecto a la del año anterior.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende desde el 5 de enero al 28 de enero de 2019, quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de exclusión social o de la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la Sede Electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
Los Servicios Sociales de Atención Primaria constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales, siendo la puerta de acceso al Sistema.
Ubicados en los municipios, son claves para atender las necesidades sociales de la población.
La financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria se ha venido instrumentalizando a través de convenios con las Corporaciones Locales, que era necesario renovar año tras año.
La publicación del Decreto 87/2016 por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha, constituye un paso importante porque permite:
• Unificar el marco de concertación, dado que al Convenio en el marco del Plan Concertado, se incorpora la prestación de ayuda a domicilio, los Planes Locales de Integración Social y los proyectos de integración social que se venían financiado a través de una convocatoria de subvenciones
• Incrementar la aportación financiera por parte de la Consejería de Bienestar Social, así de un 40% que venía siendo la aportación para municipios mayores de 20.000 habitantes se pasa a un 55%, y en el caso de los menores de 20.000 habitantes, de un 60 a un 70%
• Generar mayor estabilidad financiera, dado que el convenio se firma por un periodo de seis años, prorrogable por otros cuatro.
• Simplificar y agilizar los procedimientos de gestión y resolución de los convenios, en el marco del Plan que al respecto se ha aprobado por el gobierno regional, dado que no será necesaria la renovación del convenio año tras año, sino que simplemente se procederá a actualizar los importes económicos del convenio que se recogen en un anexo.
• Abreviar el proceso de justificación, ya que únicamente se presentará una única justificación final, en lugar de dos como se venía realizando.
• Incorporar la innovación en el quehacer de los profesionales y en el desarrollo de las prestaciones de Atención Primaria.
• Unificar las horas de los convenios de Ayuda a Domicilio, que hasta ahora diferenciaban entre personas dependientes y no dependientes, para agilizar el acceso a la prestación en cuanto se detecte una situación de necesidad.
• Priorizar la atención de personas dependientes por la prestación de ayuda a domicilio.
• Fijar el marco normativo de referencia para operativizar, en el ámbito de las Entidades Locales, las líneas de acción recogidas en el Programa Operativo Regional FSE 2014-2020 de Castilla-La Mancha, a través las siguientes prioridades de inversión, recogidas en el Objetivo Temético 9, del Eje prioritario 2C:
– Prioridad de inversión 9.1 la inclusión activa, en particular, con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad
– Prioridad de inversión 9.2, la integración socioeconómica de comunidades marginadas, tales como la población romaní.
El FSE podrá financiar hasta en un 80% los proyectos enmarcados en estas Prioridades de Inversión.
La exclusión social es un proceso complejo y dinámico en el que intervienen multiplicidad de factores que precipitan a personas, familias, grupos y comunidades a zonas de vulnerabilidad y/o exclusión social.
Los análisis sobre la exclusión social apuntan hacia la consideración de que la manera en que ésta se vive, se experimenta y se piensa hacen que sea un fenómeno o hecho social estructural y también subjetivo y heterogéneo, que puede enfrentarse desde las políticas públicas.
El estudio de los procesos de exclusión e incorporación social, presenta una gran dificultad, al tratarse de un fenómeno multifactorial, dinámico y multidimensional, siendo necesario identificar qué fenómenos se engloban bajo el concepto de exclusión y qué le diferencia de otros problemas sociales, por lo que la construcción de un sistema de medición que sirva como herramienta de trabajo para realizar diagnósticos profesionales y orientar la intervención profesional, mejorará las posibilidades de abordaje de estas situaciones.
Por ello, desde la Dirección General de Acción Social y con la cofinanciación del Fondo Social Europeo dentro del marco del Programa Operativo 2014/2020 de Castilla la Mancha, se puso en marcha en el año 2017 la herramienta de diagnóstico de la Situación de Exclusión Social, fruto del trabajo liderado por Esther Raya Díez, profesora de la Universidad de La Rioja, en colaboración con la Universidad de Castilla - La Mancha.
Los principales objetivos de la herramienta SiSo son:
a) Disponer de un instrumento de diagnóstico de las situaciones de exclusión social como garantía para generar derechos en la ciudadanía en el acceso a las prestaciones.
b) Garantizar unos criterios comunes para la intervención de las y los profesionales de Castilla-La Mancha.
c) Facilitar el seguimiento e identificación de los cambios de situación de las personas y en su caso, de las áreas de mejora.
d) Generar indicadores para el estudio de la exclusión a nivel autonómico, provincial y local, con el fin de orientar las políticas, programas y dotación de recursos.
Esta herramienta facilita a las y los profesionales de Servicios Sociales de atención primaria la elaboración de un diagnóstico social de las situaciones de exclusión social, identificando cuál es la posición de dificultad social de la que se parte, cuales son las áreas prioritarias de intervención, que situaciones mejoran y por tanto permite realizar un seguimiento y evaluación de la situación de partida. Así mismo mide la intensidad de la exclusión de menor a mayor severidad y define diferentes intensidades de exclusión social, lo que permite articular las medidas más acordes a cada intensidad.
La herramienta de la situación social comenzó a diseñarse en 2017, se empezó a utilizar en 2018 y en la actualidad está implantada en el 100% del territorio. Los puntos fuertes de la misma son:
- Diseño técnico-científico de la Herramienta, a través de la colaboración Universidad – Administración.
- Proceso participativo de diseño e implementación en el que se ha contado con la opinión cualificada de los y las profesionales de atención primaria.
- Armonización de criterios comunes en el proceso de valoración de la exclusión social.
- Herramienta sencilla y útil, con alto grado de aceptabilidad y usabilidad por parte de las y los profesionales.
- Instrumento validado científicamente con alto grado de validez explicativa y predictiva de las situaciones de exclusión.
- Generación de información actualizada, accesible y desglosada para la realización de diagnósticos sociales en diferentes niveles territoriales (autonómico, provincial y local).
Algunos de los proyectos que desarrollan las acciones innovadoras en el campo de los Servicios Sociales de Atención Primaria, son:
FORMACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROFESIONALES
La Facultad de Trabajo Social de Cuenca de la Universidad de Castilla - La Mancha, desarrolla el proyecto de FORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL ANTE SITUACIONES DE VULNERABILIDAD Y/O EXCLUSIÓN SOCIAL.
El proyecto se está desarrollando en 5 Áreas de Servicios Sociales de la región, donde a través del nuevo Marco de Concertación, se han incluido profesionales específicos para el abordaje de las situaciones de exclusión social (Equipos Técnicos de Inclusión y Entidades de Iniciativa Social), al objeto de:
• Definir una metodología de trabajo que desarrolle, con criterios homogéneos para toda la región, la prestación de Prevención y atención integral ante las situaciones de exclusión social, recogida en la Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla – La Mancha.
• Mejorar los criterios para la valoración de las situaciones de vulnerabilidad y de exclusión social, así como de su intensidad, buscando que sean homogéneos, pero adaptados a la diversidad geográfica, con especial atención al medio rural.
• Mejorar los mecanismos de evaluación de los efectos y de los impactos de las intervenciones realizadas por los equipos Básicos de Servicios Sociales de Atención Primaria y los Equipos Técnicos de Inclusión.
Todo ello, a través de la actualización del manejo de conceptos relacionados con el fenómeno de la exclusión e inclusión social, potenciando las habilidades para la intervención profesional, delimitando los procedimientos a seguir y vinculando los conocimientos teórico-metodológicos y las habilidades profesionales a los valores y principios de actuación con personas en situaciones de vulnerabilidad y de excusión.
La Asociación Cultural Adhara-Toledo, lidera un proyecto de FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS SOCIALES.
Este proyecto se está desarrollando en 5 equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria de la provincia de Toledo, a través de la metodología del Coaching de Equipos.
El coaching de equipos es una metodología que facilita la reflexión y el autoconocimiento para mejorar el rendimiento de un equipo y facilitar los acuerdos de funcionamiento interno de dicho equipo. Se trata de una herramienta práctica, con una larga historia como disciplina, que es empleada para conseguir comprender mejor cómo funcionan los equipos y las relaciones dentro de ellos.
En las sesiones del proceso de coaching de equipos, se trabajan aspectos como la motivación, la actitud hacia el cambio, los roles dentro del equipo, la gestión de conflictos, la productividad, el estrés, la confianza, el compromiso, los objetivos y metas comunes, la comunicación, el sentido de nuestra labor profesional, etc.
Estos y otros contenidos se abordan en función de las características y necesidades de cada equipo, estructurados en las siguientes fases del proceso:
1. Primer contacto con la persona responsable del equipo al objeto de elaborar un Prediagnóstico.
2. Diagnóstico del equipo, a través de diferentes técnicas como entrevistas individuales, dinámicas de grupo, cuestionarios, etc.
3. Intervención y desarrollo del plan de acción (objetivos y metas comunes) del equipo o proceso de mejora.
4. Evaluación continua del proceso de intervención
5. Sesión final de evaluación con todos los equipos que han culminado su proceso de cambio para visualizar y poner en valor sus logros.
Las sesiones se desarrollan en los lugares de trabajo de los equipos, y con una periodicidad aproximada de una vez al mes.
DESARROLLO DE NUEVAS METODOLOGÍAS DE INTERVENCIÓN COMUNITARIA
La Asociación para la mediación social intercultural Intermediacción, desarrolla un proyecto de INTERVENCIÓN COMUNITARIA MEDIADORA E INTERCULTURAL EN BARRIOS: UNA HERRAMIENTA PARA LA CONVIVENCIA, LA INCLUSIÓN Y LA COHESIÓN SOCIAL.
El presente proyecto, se desarrolla en las localidades de Hellín y Lominchar desde el año 2016, y supone una aportación metodológica por la inclusión social en el ámbito local a partir de la identificación de retos locales para la mejora de la convivencia y la determinación del bien común, de manera corresponsable y participada por los tres protagonistas principales de las comunidades: las Administraciones (quienes deciden), los Recursos técnicos y profesionales (quienes trabajan para la comunidad) y la Población (quienes viven y construyen cotidianamente su comunidad). Este método de trabajo comunitario, basado en la mediación y la interculturalidad, es por tanto un intento de aportar localmente e incidir con ejemplos concretos en la definición de las políticas públicas que deben orientarse hacia la cohesión social. Los objetivos que persigue el proyecto son: • Incrementar el compromiso de los tres protagonistas con la búsqueda de una convivencia -basada en el respeto y reconocimiento mutuo, la interacción social entre grupos diferentes, el cumplimiento de normas y la interiorización de derechos y obligaciones- que favorezca la inclusión y la cohesión social desde un sentido de identidad común en la diversidad y de pertenencia a la comunidad. • Implicar a la población en la mejora de la convivencia y la inclusión social, a través de la motivación y de la creación de espacios de participación ciudadana. • Mejorar la coordinación efectiva y el trabajo colaborativo comunitario entre actores del municipio: administraciones, entidades y población.Y se abordarán a través de la práctica metodológica comunitaria, que incluye como elemento central, la construcción de un diagnóstico comunitario entre todos los actores sociales.
La Federación de Municipios y Provincias de Castilla - La Mancha, en colaboración con el Observatorio Internacional de Ciudadanía y Medio Ambiente Sostenible (CIMAS), desarrollan una PROPUESTA DE FORMACIÓN Y ASESORÍA TÉCNICA PARA EL TRABAJO EN RED en un Área de Servicios Sociales de la provincia de Toledo.
El presente proyecto tiene por objeto presentar los trabajos de asesoría técnica y formación sobre herramientas, dinámicas y estrategias que permitan el trabajo colaborativo y participativo, para fomentar el trabajo en red de entidades públicas y privadas en el Área PRAS de Valmojado, a fin de optimizar los recursos existentes y cubrir las necesidades de los municipios de la red.
El proyecto comprende las siguientes fases:
1. A través de un sociograma, el equipo realiza un mapeo de los actores y grupos sociales presentes en el territorio, analizando las conexiones existentes entre ellos.
2. Pasa después a realizar un diagnóstico de necesidades, oportunidades, condicionantes, potencialidades, limitaciones y recursos para fomentar el trabajo en red en el Área, a través de distintas técnicas de diagnóstico (flujograma, árbol de problemas, mapa cognitivo, etc).
3. Elabora un Plan participativo de actuación, diseñando una estructura de relaciones en red.
4. Reforzando los espacios consolidados, articulando los más débiles y estableciendo estrategias de vinculación con los más alejados.
Proyectos cofinanciados por FSE en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014/2020 de Castilla la Mancha.
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