AYUDAS ECONÓMICAS Y MEDIDAS PARA ABORDAR SITUACIONES DE POBREZA ENERGÉTICA EN CLM - AÑO 2026
POBREZA ENERGÉTICA:
La pobreza energética es la situación en la que se encuentra un hogar en el que no pueden ser satisfechas las necesidades básicas de suministros de energía, como consecuencia de un nivel de ingresos insuficiente y que, en su caso, puede verse agravada por disponer de una vivienda ineficiente en energía.
FINALIDAD:
Proporcionar apoyo económico a las familias que se encuentran en situación de pobreza severa para afrontar el pago de los suministros energéticos.
Las ayudas económicas y medidas para abordar situaciones de pobreza energética se articulan como una herramienta para apoyar en la cobertura de necesidades básicas de las familias con las que se está interviniendo desde Servicios Sociales de Atención Primaria y que presentan severas dificultades para hacer frente a gastos de suministro energético.
EN QUE CONSISTE:
Los tipos de ayudas a las que se pueden acceder:
- Ayudas económicas para paliar situaciones de pobreza energética.
- Ayudas de emergencia social para prevenir o evitar cortes de suministros energéticos.
- Ayudas económicas para cofinanciar el 50% de facturas impagadas de personas que tienen reconocido el bono social como consumidores vulnerables severos, cuando el Trabajador/a Social de Atención Primaria valore que se encuentra en riesgo de exclusión social
- Bono social Térmico.
Estas ayudas podrán ser complementarias entre sí, por lo que una unidad familiar podrá percibir los cuatro tipos de ayuda a lo largo del año, siempre que se justifique adecuadamente la necesidad por parte del Trabajador/a Social de Atención Primaria.
PERSONAS BENEFICIARIAS:
Unidades familiares residentes en el territorio de Castilla-La Mancha que cumplan los siguientes requisitos:
- En intervención social: con Historia Social en los Servicios Sociales de Atención Primaria.
Los Servicios Sociales de Atención Primaria deberán haber elaborado el Diseño de Intervención en alguno de los Programas y Prestaciones Básicas de la aplicación MEDAS.
- Que tengan niños/as a su cargo: con edades comprendidas entre los 0 y 16 años.
- Que hayan solicitado el Ingreso Mínimo Vital, que éste se encuentre pendiente de resolver, se haya denegado o en caso de concesión, se le haya reconocido una cuantía inferior a la que le pudiera corresponder o que se le hubiera minorado al menos en la mitad la cuantía que viniera percibiendo tras su revisión.
Si no hubiera solicitado el Ingreso Mínimo Vital se instará a la persona a que lo solicite y se procederá a tramitar la Ayuda de Pobreza energética.
No se requerirá presentación de solicitud de Ingreso Mínimo Vital a aquellas personas que formen parte de una unidad familiar y carezcan de permiso de residencia.
- En situación de pobreza severa: El límite de ingresos según miembros de la unidad familiar será el siguiente:
- Unidad familiar con un solo adulto: 7.722,80 euros anuales, 643,57 euros mensuales.
- Unidad familiar con un adulto y un menor: 10.039,64 euros anuales, 836,64 euros mensuales.
- Unidad familiar con dos adultos y un menor: 13.901,04 € anuales, 1.158,42 euros mensuales.
- Por cada adulto adicional se incrementará en 3.861,40 euros anuales, 321,78 euros mensuales.
- Por cada menor se incrementará en 2.316,84 euros anuales, 193,07 euros mensuales.
IMPORTE:
La cuantía de la Ayuda económica de Pobreza Energética es de 200 €. Las ayudas podrán formalizarse desde el 1 de enero hasta el 1 de diciembre del 2026.
Una unidad familiar podrá percibir como máximo una ayuda al año. (Se entenderá por unidad familiar aquella conformada atendiendo a lo establecido en el Artículo 2 del Decreto 179/2002, de 17 de diciembre de 2002, de desarrollo del Ingreso Mínimo de Solidaridad, Ayudas de Emergencia Social y Prestaciones Económicas a favor de colectivos desfavorecidos, y de colaboración y cooperación en materia de Servicios Sociales).
PROCESO DE GESTIÓN:
Se accederán a estas ayudas por prescripción técnica del Trabajador/a Social de Atención Primaria, a través de Informe Social, y serán instrumentales y complementarias al proceso de intervención que esté realizando el o la profesional.
ENTIDAD ENCARGADA DE GESTIONAR ESTAS AYUDAS:
La Entidad encargada de gestionar estas ayudas será Cruz Roja, dado que ha sido beneficiaria de una subvención nominativa que recoge la Ley 5/2025, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026, para la realización de actuaciones destinadas a personas que se encuentran en una situación de pobreza severa en el marco del Plan Regional contra la Pobreza Energética.