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CerrarConcierto social para la gestión de plazas residenciales, estancias temporales y plazas en centros de día para mayores en Castilla-La Mancha, 2022-2025.
La entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público posibilita que determinados servicios relacionados con la atención a las personas puedan ser desarrollados al margen de la contratación pública, mediante la aprobación por las comunidades autónomas de instrumentos no contractuales con la finalidad de satisfacer necesidades de carácter social.
En ejercicio de dicha facultad, la Comunidad de Castilla-La Mancha aprobó el Decreto 52/2021, de 4 de mayo, por el que se regula el Concierto social para la gestión de servicios sociales y atención a las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha.
Posteriormente la Consejería de Bienestar Social aprobó la Orden 51/2022, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases y se convoca concierto social para el servicvio de plazas residenciales, estancias temporales y plazas en centros de día para personas mayores en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Dicha convocatoria se resolvió mediante Resolución de 22 de junio de 2022 de la Dirección General de Mayores.
Mediante Orden 218/2022, de 16 de noviembre, se actualizan las cantidades comprendidas en la Orden 51/2022, de 9 de marzo, y se modifican los acuerdos de plazas residenciales suscritos en base a la misma.
Por Resolución de 31/08/2023, de la Dirección General de Mayores, se aprueba la incorporación de entidades al concierto social vigente y se modifica el acuerdo de acción concertada suscrito por una de las entidades.
Por Resolución de 19/09/2024, de la Dirección General de Mayores, se aprueba la incorporación de un centro al concierto social vigente y se modifican siete acuerdos de acción concertada suscritos por entidades.
Mediante Resolución de 15/10/2024, de la Dirección General de Mayores, se acuerda la prórroga del concierto social de cincuenta y cinco plazas residenciales de uso polivalente, para experiencia piloto en desarrollo de la residencia de mayores de Villacañas (Toledo) y se aprueba el gasto correspondiente.
Consejería de Bienestar Social
Ley de Atención y Protección a la Infancia y a la Adolescencia de Castilla-La Mancha.
Esta ley actualiza el marco global de atención a las niñas, niños y adolescentes de Castilla-La Mancha, poniendo el acento en el apoyo y acompañamiento a las familias y a los propios niños, niñas y adolescentes para su adecuado desarrollo en una sociedad libre de violencia contra la infancia y la adolescencia.
Como aspectos más destacables queremos señalar:
- La consideración prioritaria que otorga a las actuaciones preventivas, con el objetivo de reducir los factores que dificultan el ejercicio de los derechos de la infancia y la adolescencia.
- La asunción de la responsabilidad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el acompañamiento durante el transito a la vida adulta de jóvenes que fueron objeto de una medida de protección o judicial siendo menores de edad, garantizando para ello el Programa de Preparación para la Vida independiente.
- El Programa Referentes, constituido por personas y familias voluntarias, y debidamente formadas, para prestar su apoyo a niños, niñas y adolescentes y a sus familias que se encuentren en situaciones de dificultad.
Con esta Ley se pretende regular el Servicio de Atención Temprana en Castilla-La Mancha, así como los cauces de coordinación y colaboración con las distintas Administraciones públicas implicadas en la atención a las familias con hijos e hijas menores de seis años, que presentan dificultades en su desarrollo transitorias o permanentes, o se encuentran en riesgo de que éstas aparezcan.
A este respecto, se entiende por Servicio de Atención Temprana el conjunto de intervenciones, dirigidas a los niños y niñas, (desde el nacimiento hasta los seis años), con dificultades en su desarrollo sensorial, motor, cognitivo, comunicativo o social o que se encuentren en una situación de riesgo biológico y/o social de que dichas dificultades de desarrollo aparezcan, a sus familias y al entorno.
En el marco de la Unión Europea, uno de los principales motores para la recuperación económica tras la crisis derivada de la pandemia mundial, es el paquete de ayudas económicas que se ha articulado a través del denominado “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, que tiene como objetivo contrarrestar las consecuencias devastadoras de la COVID-19 en el tejido empresarial económico y social, ofreciendo ayuda financiera a gran escala para la realización de inversiones públicas y de reformas que apoyen la estabilidad de las economías de los Estados miembros y los preparen mejor para el futuro, en especial en el ámbito social, el empleo, la educación, la investigación y la innovación, la salud, la administración pública y el sector financiero.
Basta indicar la importancia de estos fondos que no tienen asignación regional y que los desembolsos que haga Europa están vinculados al logro de hitos y objetivos y en las auditorías y controles, al ser los Estados miembros los encargados de asegurar medidas concretas para prevenir, detectar y corregir conflictos de intereses, corrupción y fraude, y evitar la doble financiación, al usar los fondos.
Para poder acogernos al Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia el Gobierno aprobó el “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, que se articula en torno a 4 ejes transversales: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Está estructurado en base a 10 políticas palanca que, a su vez, integran un total de 30 componentes, aglutinando 212 medidas, de las que 110 son inversiones y 102 reformas.
Dentro de los “30 componentes” o líneas de acción, que se articulan de forma coherente y complementaria, vamos hacer una breve reseña al componente 22 “Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”, y de manera tangencial al componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, que se enmarcan dentro del ámbito de actuación de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
A través de estas líneas de actuación se pretende promover la modernización de los servicios sociales públicos, y en particular reforzar las políticas de atención a la dependencia y apoyos a la autonomía personal, impulsando una mejora en el modelo de apoyos y cuidados de larga duración, promoviendo la innovación y un modelo de atención centrada en la persona, así como la atención integral de las personas más vulnerables a través de políticas públicas que permitan su plena inclusión social y laboral.
A lo largo de la vigencia del Plan, se utilizará este espacio para publicitar, en el ámbito de la Consejería de Bienestar Social, toda la documentación e información que pueda ser de interés tanto al personal empleado público gestor de estos fondos, como a la ciudadanía; a excepción de licitaciones de contratos y convocatorias de subvenciones, cuya publicación se realizará por los canales que determina la normativa de aplicación o a través de la web de la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Castilla-La Mancha Avanza.
Mediante la Resolución de 29/12/2021, de la Dirección General de Acción Social, se convocan para este año 2022 las subvenciones destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 181/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales (DOCM núm. 243, de 21 de diciembre de 2021).
DESARROLLO DE PROYECTOS
Las diferentes acciones derivadas de los proyectos, se desarrollarán en el marco de itinerarios de inclusión social de las personas, unidades familiares o unidades de convivencia, y/o desde una perspectivas grupales y comunitarias con el objeto de abordar de manera integral las situaciones de riesgo o exclusión social, o en el marco de la intervención profesional.
La intervención habrá de configurarse, ya sea individual, grupal o comunitaria, como un trabajo en red, que genere sinergias y complementariedad de las intervenciones de todas las entidades, agentes y administraciones que operen en el territorio.
MODALIDADES DE PROYECTOS
a) Procesos de Inclusión Social con comunidades en situación de vulnerabilidad:
1.º Intervención en áreas geográficas, puntos, zonas o barrios de Castilla-La Mancha que presentan procesos de segregación, exclusión social y discriminación.
- Intervención de carácter integral en puntos, zonas o barrios desfavorecidos.
- Intervención con grupos de población en situación de vulnerabilidad e inadaptación social.
2.º Acciones de mediación socioeducativa con población romaní, a través de las siguientes actuaciones:
- Acciones de educación de calle.
- Fomento de la preescolarización de los menores de comunidades marginadas.
- Sensibilización y motivación de la familia para que se impliquen en el proceso socioeducativo.
- Inclusión social de menores adolescentes que presentan importantes carencias para lograr la integración social.
b) Abordaje de situaciones de exclusión social que por la complejidad y singularidad que presentan requieren de un dispositivo específico de atención:
1.º Servicios de carácter ocupacional que tengan por finalidad procurar la integración de personas en situación de exclusión social que han iniciado un itinerario de intervención en el marco de los servicios sociales de atención primaria, y en concreto de los equipos técnicos de inclusión social, mediante la realización de actividades de formación ocupacional, personal y social para su habilitación laboral, desarrollo de su autonomía personal y capacitación social.
2.º Acciones que vinculen y complementen la intervención de los equipos técnicos de inclusión social de los servicios sociales de atención primaria que se encuentren implantados en el territorio y así se haya acordado con atención primaria.
3.º Dispositivos de Alojamiento para personas que presentan una situación de vulnerabilidad o exclusión residencial:
- Alojamiento de urgencia que posibilite la atención temporal a personas que, ante la ausencia de alojamiento o la imposibilidad de permanecer en su domicilio, por diversos motivos ya sean económicos, sanitarios o derivados de la ausencia de familiares u otras redes de apoyo requiera el acceso a otras formas alternativas de convivencia, tales como proporcionar los medios necesarios para que una persona, familia o unidad de convivencia pueda acceder a un alojamiento temporal, así como a un centro de alojamiento de urgencia que incluyan tanto alojamiento nocturno, como estancias diurnas.
- Centros de atención residencial que tengan por objeto prestar alojamiento a: personas sin techo que vivan en espacios públicos o se encuentren en un dispositivo de urgencia, iniciando itinerarios integrales de inserción que favorezcan su integración social y laboral.
-Otros dispositivos de atención residencial a personas en situación de exclusión residencial que promuevan la atención integral a las personas, fomentando su mayor autonomía, proceso de inclusión y acceso al empleo, dando respuestas a las necesidades específicas de cada persona, a través de un proceso continuo de adaptación de los itinerarios de inserción.
4.º Otras acciones dirigidas a la atención de necesidades sociales, que no se encuadre en los párrafos 1º, 2º y 3º de este apartado, que requieren de procesos específicos de atención por la complejidad que presentan.
c) Acciones dirigidas a la formación, innovación, estudios, investigación y desarrollo de nuevas herramientas de intervención en relación a la atención de las situaciones de exclusión social:
1.º Acciones de formación y/o supervisión de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria , equipos de inclusión social en materia de inclusión social y profesionales vinculados a las entidades de iniciativa social que desarrollen proyectos de inclusión social, relacionados con estrategias, prácticas innovadoras, procesos metodológicos, modelos, técnicas y herramientas.
2.º Diseño e innovación de nuevas herramientas, procesos de trabajo, metodologías que permitan identificar, valorar y abordar las situaciones de exclusión social.
3.º Creación de espacios de intercambio del conocimiento, de buenas prácticas en materia de inclusión social que mejoren y optimicen la atención de las personas.
En este sentido, las ayudas que venían siendo objeto de financiación a través del Programa Operativo 2014-2020, podrán ser cofinanciadas hasta en un 85% con el próximo programa operativo que se apruebe en Castilla-La Mancha en relación con el Fondo Social Europeo Plus y el periodo de programación 2021-2027, siempre y cuando las acciones a cofinanciar cumplan las condiciones de la normativa europea, los criterios de selección del futuro programa y el derecho aplicable para poder optar a la financiación del Fondo Social Europeo Plus.En nuestro caso los proyectos que se presenten en la modalidad del apartado 1, párrafos a) 1º y 2º; b) 1º, 2º y 3º; y c) .
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las siguientes entidades:
a) Entidades no Lucrativas y agrupaciones de éstas
b) Organizaciones Privadas de Iniciativa Social
c) Universidades
d) Instituciones Científicas
FINANCIACIÓN
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 5.338.080 euros.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes se extiende desde el 07 de enero al 27 de enero de 2022, quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de exclusión social o de la Dirección Provincial correspondiente de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la Sede Electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La ManchaCon el futuro Decreto se pretenden modificar los artículos 1.2.f), 3, 6, 9.a) y 12.5 del Decreto 87/2016, de 27 de diciembre, con la finalidad de adaptar la cofinanciación de los convenios de colaboración que se suscriban al amparo del mismo a la nueva normativa de aplicación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
Con el futuro Decreto se pretenden regular las actuaciones administrativas en materia de servicios sociales, en desarrollo del título VI de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
En particular, tiene por objeto regular las siguientes materias:
a) El procedimiento de autorización administrativa y de comunicación necesario para la prestación de los servicios sociales.
b) El procedimiento de acreditación de la calidad de los servicios sociales.
c) El Registro de Servicios Sociales.
d) La función de inspección y control de los servicios sociales.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha, durante un período de veinte días naturales, en la que se recabó la opinión de las personas y las entidades más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
La Consejería de Bienestar Social a través de la Dirección General de Mayores está llevando a cabo un proyecto de elaboración de diagnóstico y estrategia para paliar la soledad de las personas mayores en Castilla-La Mancha, en colaboración con la Fundación Pilares. Con este procedimiento participativo se pretende conocer la opinión de la ciudadanía en un tema tan trascendental como son nuestros mayores, esto nos ayudará a elaborar la Estrategia de Lucha contra la Soledad de las Personas Mayores en Castilla-La Mancha cuyo objetivo fundamental es intervenir de manera eficaz y colaborativa en el problema de la soledad, tanto en su dimensión social como individual.
Contemplará la articulación de una serie de líneas de acción con impacto en los ámbitos de competencia pública y comunitaria que alcancen a los niveles macro, meso y micro social, especialmente en los servicios sociales y sanitarios.
Sus objetivos específicos son los siguientes:
- Conocer la realidad de las situaciones de soledad en la C.A. de Castilla La Mancha a partir tanto de la revisión de la literatura, de datos de fuentes secundarias, como de la realización de investigaciones ad hoc.
- Identificar para, en su caso, incorporar algunos de sus beneficios a las propuestas de acción de este proyecto, aquellos programas o iniciativas que con respecto de la soledad se han mostrado eficaces en otros lugares (programa “Cerca de ti”, manzanas cuidadoras, Ciudades Amigables con las Personas Mayores, etc.).
- Identificar las esferas de oportunidad que arroja la prestación de cada servicio de atención social de naturaleza pública para incidir de manera favorable en el fenómeno de la soledad.
- Identificar oportunidades de coordinación entre servicios públicos y privados insertos en los territorios que multipliquen la efectividad de las acciones con respecto a la acción unilateral y aislada de cada uno de ellos.
- Establecer espacios de reflexión sobre los que construir, junto a los y las profesionales de los servicios de atención y apoyo y otros agentes sociales, vías para el desarrollo y la consolidación de redes vecinales y comunitarias que, con el acompañamiento preciso, puedan llegar, de forma autónoma, a resultar capaces de autogestionarse para reducir el fenómeno de la soledad al tiempo que se refuerza la propia capacidad integradora de ellas.
- Desarrollar un conjunto de propuestas y líneas de actuación que dibujen la Estrategia contra la soledad basada en la evidencia resultante del diagnóstico efectuado para cada uno de los servicios y para los servicios en su conjunto que redunden en su capacidad organizativa eficiente para incidir positivamente en el fenómeno de la soledad, contando también con los recursos comunitarios.
- Abrir un proceso participativo que, en ámbitos tanto provinciales, como del conjunto de la C.A. de Castilla La Mancha, facilite un proceso colaborativo de debates y recepción de ideas y propuestas que vengan a enriquecer la propuesta de Estrategia.
- Establecer un marco evaluativo riguroso que permita conocer los impactos positivos en la realidad de la soledad de las personas a partir de los indicadores que arrojan los procesos para ello establecidos.
El proceso participativo se instrumentará a través de un formulario de recogida de datos que se concreta en una encuesta anónima, disponible en el Portal de Participación, a la que podrán acceder la ciudadanía en general de forma directa o a través de organizaciones y asociaciones.
PROGRAMACIÓN
https://fondosestructurales.castillalamancha.es/programacion-2014-2020/programa-operativo-feder-castilla-la-mancha-2014-2020
GESTIÓN
https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEvl=CnxL3Z%2BDIYirz3GQd5r6SQ%3D%3D
EVALUACIÓN
https://fondosestructurales.castillalamancha.es/programacion-2014-2020/evaluacion_feder
COMUNICACIÓN
Se ha formalizado el contrato de obras de rehabilitación las fachadas y cubierta de la Residencia de Mayores "Virgen del Prado" de Talavera de la Reina (Toledo). El Fondo Europeo de Desarrollo Regional cofinancia la presente acción contribuyendo a las prioridades de la Unión Europea en materia de cohesión económica, social y territorial mediante inversiones estratégicas que redunden en el crecimiento económico de la región. La cofinanciación, en un porcentaje del 80%, se instrumenta mediante el Programa Operativo Regional FEDER 2014-2020 de Castilla-La Mancha a través del Eje Prioritario 4.- Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores.
Las residencias para personas mayores constituyen un recurso esencial en el desarrollo de las políticas sociales de alojamiento y convivencia diseñadas para atender a aquellas personas mayores que presenten algún grado tal de dependencia que dificulte o impida su permanencia en su domicilio habitual.
La residencia de mayores "Virgen del Prado" viene desempeñando desde los años 80 su actividad de atención a personas mayores. Las fachadas se encuentran deterioradas lo que representa un grave probelma de eficiencia energética debida a la ausencia de materiales específicos de aislamiento enla composición de los cerramientos. La cubierta de la última planta se encuentra en mal estado originando filtraciones. Con la reforma proyectada se espera conseguir la rehabilitación de las instalaciones del centro que redunde en una mejora de la calidad de vida de sus usuarios, así como un ahorro energético, lo que conllevará la reducción del consumo de energía primaria y la reducción de gases de efecto invernadero.
El importe de adjudicación de las obras asciende a 1.652.804,45 € y se ejecutarán durante 2021 y 2022.
Con el futuro Decreto se pretende desarrollar la Ley 5/2018, de 21 de diciembre, de acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia.
En particular, el texto proyectado tiene por objeto regular las siguientes materias:
a) El diseño del carné de identificación de la unidad de vinculación con un perro de asistencia, del carné de identificación de la unidad de vinculación con un perro de asistencia jubilado y del distintivo de identificación oficial de ambas modalidades de perros.
b) La cuantía mínima de la póliza de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños a terceros ocasionados por el perro de asistencia.
c) El procedimiento de reconocimiento, suspensión y pérdida de la condición de perro de asistencia y de perro de asistencia jubilado.
d) Las condiciones y los requisitos que deberán cumplir las entidades de adiestramiento para su reconocimiento oficial.
e) El Registro de Unidades de Vinculación.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha, durante un período de veinte días naturales, en la que se recabó la opinión de las personas y las entidades más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
Con el futuro Decreto se pretenden regular las condiciones básicas materiales, organizativas, de personal y funcionales, con que deben contar los centros de servicios sociales de atención especializada destinados a la atención de las personas mayores en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, incardinados en el Sistema Público de Servicios Sociales y de Atención a la Dependencia de Castilla-La Mancha.
Asimismo, en el mismo se incorporan niveles de exigencia básicos que garanticen un sistema de responsabilidad pública y el derecho de las personas a la calidad de la prestación de los servicios.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, durante un período de veinte días naturales, en la que se recabó la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación del mismo y los documentos que lo integran.
La Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su artículo 10.1, dispone que el Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo es el órgano colegiado de carácter consultivo de la Comunidad de Castilla-La Mancha en materia de cooperación internacional para el desarrollo, formado por representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de las Administraciones locales de la región y de los demás actores del ámbito de la cooperación.
Este Consejo se reguló en el Decreto 247/2004, de 31 de agosto, de organización, composición y funcionamiento del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo.
La Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, en su artículo 29, modificó, entre otros, el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, y como consecuencia de esta modificación se aprobó el Decreto 140/2012, de 25 de octubre, del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo, que derogó el Decreto 247/2004, de 31 de agosto.
El Decreto 140/2012, de 25 de octubre, redujo el número de miembros que lo componen, modificó su régimen de funcionamiento y suprimió la Comisión Permanente prevista en la norma anterior, lo que sin duda mermó la esencia de representatividad y participación de este órgano.
La nueva situación del panorama internacional y el decidido compromiso del Gobierno regional con la cooperación internacional para el desarrollo y la participación de la sociedad castellano-manchega en la misma, aconsejaron abordar una nueva regulación del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo con el fin de lograr que este órgano se constituya en el centro de seguimiento, debate y consenso de las políticas de cooperación para el desarrollo en Castilla-La Mancha.
Para ello, se requirió no solo la participación de los representantes de la Administración autonómica y de las Entidades locales sino también la de agentes sociales que son copartícipes de los principios de la cooperación internacional para el desarrollo: organizaciones sindicales, empresas de economía social de la región, universidades y muy especialmente las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, principales agentes de la cooperación castellano-manchega.
Para la elaboración del nuevo decreto tuvo lugar un trámite de información pública en el que los distintos colectivos realizaron aportaciones enriquecedoras al documento original, dando como resultado el Decreto 24/2017, de 21 de marzo de 2017, del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo.
Con la nueva regulación se ha logrado:
a) Que el Consejo cuente con una estructura mucho más participativa y operativa. Para ello, el Consejo se reunirá en Pleno y en Comisión Ejecutiva.
b) Una nítida división entre las funciones que corresponden al Pleno del Consejo y a la Composición de la Comisión Ejecutiva.
c) Que se incorporen al Consejo como miembros de pleno derecho las organizaciones sindicales o las universidades con implantación en Castilla-La Mancha.
De este modo, en el Artículo 6, del mencionado Decreto 24/2017, de 21 de marzo de 2017, se establece que son miembros del Pleno:
- La presidencia del Pleno del Consejo la ejerce la persona titular de la Consejería competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo.
- La vicepresidencia del Pleno del Consejo la ejerce la persona titular de la Dirección General competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo.
- La secretaría del Pleno del Consejo la ejerce la persona titular de la Jefatura de Servicio competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la Consejería.
- Las vocalías del Pleno del Consejo las ejercen las siguientes personas:
a) Seis representantes de la Administración autonómica, con rango al menos de director o directora general, de las consejerías competentes en las materias de cultura, educación, igualdad de género, medio ambiente, sanidad y trabajo.
b) Dos representantes de las Entidades locales de Castilla- La Mancha, de los cuales uno al menos tendrá la condición de cargo electo local, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla- La Mancha.
c) Cinco representantes de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que tengan como fin la cooperación internacional para el desarrollo, con implantación en Castilla- La Mancha: tres a propuesta de la Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales de Cooperación al Desarrollo de Castilla- La Mancha y dos a propuesta de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que no pertenezcan a la Coordinadora, de entre las organizaciones que tengan una mayor implantación en la región.
d) Dos representantes de las organizaciones sindicales, a propuesta de las organizaciones sindicales con mayor implantación en la región.
e) Dos representantes, uno perteneciente a las empresas de economía social de Castilla- La Mancha y otro a las organizaciones empresariales de la región, a propuesta de las organizaciones empresariales con mayor implantación en la región.
f) Un/a representante de las universidades con implantación en Castilla- La Mancha.
Entre sus funciones, se encuentra la de informar los planes de cooperación para el desarrollo, establecer los criterios y prioridades que deberán regir el programa de subvenciones en materia de cooperación internacional, así como elaborar propuestas o recomendaciones que sean susceptibles de mejorar la calidad de la cooperación internacional para el desarrollo de la región. Las reuniones del Pleno del Consejo se celebrarán dos veces al año en sesión ordinaria, aunque con carácter extraordinario podrá reunirse cuando la importancia o urgencia de los asuntos a tratar así lo requiriese, bien a iniciativa de la persona titular de la presidencia o de siete vocalías del Pleno.
Para la agilización de su funcionamiento, el Consejo Regional de Cooperación para el desarrollo cuenta con la Comisión Ejecutiva, que se reunirá cuando haya asuntos a tratar que así lo requieran, y como mínimo dos veces al años.
Las vocalías de la Comisión ejecutiva las ejercen:
- Tres representantes de la Administración autonómica, con al menos rango de director o directora general, de las consejerías competentes en materia de educación, igualdad de género y sanidad.
- Un/a representante de las Entidades locales de Castilla- La Mancha, designado por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla- La Mancha de los propuestos para el Pleno.
- Tres representantes de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo: dos a propuesta de la Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales de Cooperación al Desarrollo de Castilla- La Mancha y uno a propuesta de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo que no pertenezcan a la Coordinadora.
- Un/a representante de las organizaciones sindicales.
- Un/a representante de las empresas de economía social de Castilla- La Mancha.
En el caso de la Comisión ejecutiva, la presidencia la ejerce la persona titular de la Dirección General competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo y la vicepresidencia un/a representante de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
Además, las personas titulares de la presidencia del Pleno del Consejo y de la Comisión Ejecutiva podrán autorizar la asistencia a sus reuniones de personal asesor especialista en materia de cooperación internacional para el desarrollo cuando la relevancia o complejidad de los asuntos a tratar así lo requiera, bien por iniciativa propia o de cualquiera de sus miembros.
Será la Consejería de Bienestar Social quien proporcione los medios materiales necesarios para el cumplimiento de las funciones del Consejo y garantizará su funcionamiento; no obstante la asistencia a las reuniones del Consejo no conlleva retribución alguna y los gastos correrán a cargo de la entidad a la que representen las personas asistentes.
Administración regional:
http://www.castillalamancha.es/gobierno/educacionculturaydeportes
http://institutomujer.castillalamancha.es/
http://www.castillalamancha.es/gobierno/agrimedambydesrur
http://www.castillalamancha.es/gobierno/sanidad
http://www.castillalamancha.es/gobierno/economiaempresasyempleo
Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo de Castilla- La Mancha.
Federación de Municipios y Provincias de Castilla- La Mancha.
Organizaciones Empresariales:
Organizaciones Sindicales:
http://www.castillalamancha.ccoo.es/webCastillaLaMancha/
Universidades: Fundación General de la Universidad de Castilla- La Mancha
https://previa.uclm.es/fundacion/
Paginación