Proyecto Decreto por el que se modifican el Decreto 3/2016, de 26 de enero y el Decreto 1/2019, de 8 de enero, en materia de Dependencia en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Con el futuro proyecto de Decreto se pretende modificar el Decreto 3/2016, de 26 de enero por el que se establece el catálogo de servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla-La Mancha y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable, y el Decreto 1/2019, de 8 de enero, del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a los servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla-La Mancha.
La Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y el acceso a servicios especializados de aquellas personas que padecen Esclerosis Lateral Amiotrófica (en adelante, ELA), y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible a las que se refiere su artículo 2, y cuyos criterios han sido definidos, en cumplimiento del mandato establecido en la Disposición final séptima, mediante el Real Decreto 969/2025, de 28 de octubre, por el que se establecen los criterios que definen los procesos irreversibles y de alta complejidad de cuidados que conforman el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, incluyendo como anexo un listado indicativo de enfermedades y procesos a los que resulta aplicable la citada ley.
Para cumplir aquella finalidad la norma contempla, entre otros cambios legislativos, la agilización de los trámites administrativos para el reconocimiento de la dependencia, así como para la revisión del programa individual de atención y la revisión del grado de dependencia.
Además, al objeto de materializar de forma efectiva la adaptación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante SAAD), se ha aprobado el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre, por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible; que modifica, por un lado, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, creando un nuevo Grado III+ de dependencia extrema; y, por otro, el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, fijando en 9.859 euros las cuantías máximas tanto de la prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio, como de la prestación económica de asistencia personal, correspondientes a las personas incluidas dentro del Grado III+ de dependencia extrema.
Asimismo, la Disposición adicional cuarta de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, llama a la adaptación de los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio previstos en los artículos 19 y 23 de la Ley 39/20006, de 14 de diciembre, a las necesidades de las personas destinatarias de aquella ley.
Para ello, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD aprobó el Acuerdo para la adaptación de los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio previstos en los artículos 19 y 23 de la Ley 39/20006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, a las necesidades de las personas destinatarias de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las cuestiones relacionadas con las novedades introducidas por la Ley 3/2024, de 30 de octubre, el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre, y las medidas que recoge el referido Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD, se encuentran reguladas en el Decreto 3/2016, de 26 de enero, y en el Decreto 1/2019, de 8 de enero, mencionados anteriormente, por lo que se requiere su modificación para armonizar la normativa autonómica con lo establecido en la regulación y acuerdos de ámbito estatal citados.
Por otra parte, la Disposición final cuarta de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, modifica la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, afectando, entre otros, al apartado 2 del artículo 55 relativo a la determinación de la prestación más adecuada para la elaboración del programa individual de atención en el marco del procedimiento para su aprobación regulado en el Decreto 1/2019, de 8 de enero. Por lo que resulta necesario adaptar las previsiones del Decreto a la nueva redacción del artículo 55.2 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre.
Asimismo, el régimen de recursos previsto en el Decreto 1/2019, de 8 de enero, reflejará el sistema de reclamación previa a la vía social previsto en el artículo 2.o) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en aras de una mayor claridad.
Por último, se procede a una revisión de todas las prestaciones económicas con el objetivo de solventar posibles discordancias que se puedan generar con las modificaciones introducidas, y mejorar la aplicación y gestión de dichas prestaciones.
En definitiva, en primer lugar, las modificaciones realizadas en el Decreto 3/2016, de 26 de enero, irán dirigidas a adecuar a la regulación estatal, entre otras cuestiones, la prestación económica de asistencia personal y los servicios y prestaciones por grado de dependencia, incorporando la referencia al nuevo Grado III+.
En segundo lugar, las modificaciones del Decreto 1/2019, de 8 de enero se centrarán en:
Realizar las adaptaciones necesarias para incorporar a la normativa autonómica las medidas de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, y del Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre; así como proceder a la revisión de las prestaciones económicas, para adaptar y mejorar, en su caso, las fórmulas de cálculo a las previsiones de estas normas.
Recoger las últimas modificaciones en materia de dependencia de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha y conforme a la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, contemplar el requisito de reclamación previa.
Con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a su elaboración se sustanció una consulta pública, a través del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha, en la que se recabó la opinión de las personas y las entidades más representativas potencialmente afectadas por el proyecto de Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, la Consejería de Bienestar Social publica el expediente del proyecto de Decreto para que la ciudadanía conozca la tramitación de éste y los documentos que lo integran.